Farmacia en Murcia.
Autorizado el nuevo
convenio marco de colaboración entre la Región de Murcia y el Colegio de Farmacéuticos de la comunidad autónoma por el que se establecen las
líneas generales de actuación en materia de atención y prestación farmacéutica.
Este
convenio marco de colaboración, publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), cuenta como una de las novedades el impulso de la
consideración de la oficina de farmacia como establecimiento sanitario, reconociendo su papel en la dispensación y el
uso racional del medicamento, así como
su rol activo en la Atención Primaria.
Tres niveles de prestación en Farmacia
El convenio concreta
tres niveles de prestación por parte de las oficinas de farmacia.
Una prestación básica obligatoria, que incluye la dispensación, conservación y control de medicamentos, así como educación sanitaria y detección de efectos adversos;
una prestación colaborativa voluntaria, para mejorar la eficacia de los tratamientos en coordinación con otros profesionales;
y una prestación complementaria, también voluntaria, que permite a las farmacias participar en actividades de Salud Pública como la identificación precoz de patologías o programas de mantenimiento con metadona, entre otros.
El nuevo texto también establece el fomento de las
actividades de formación en grado, postgrado, formación continuada e investigación de los profesionales que actúan en las oficinas de farmacia.
Asimismo, las oficinas de farmacia serán consideradas, respecto al ejercicio de las prácticas tuteladas que en ellas se realicen,
centros docentes colaboradores de las universidades, y
contarán con las garantías necesarias para desarrollar una correcta docencia.
El origen de esta competencia autonómica se remonta a la
entrada en vigor del Real Decreto 1474/2001, de 27 de diciembre, por el que se realiza el
traspaso a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud, aceptado por Decreto 93/2001, de 28 de septiembre, implica la plena asunción de la función ejecutiva en materia de gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social por parte de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Salud y de su Ente Público Servicio Murciano de Salud.
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