Los estatutos llevan la constitución del nuevo órgano de gobierno de la fundación pública sanitaria

Hospital Universitario Fundación Alcorcón
Exteriores del Hospital Universitario Fundación Alcorcón.


La aprobación de los estatutos de la Fundación Pública Sanitaria 'Hospital Universitario Fundación Alcorcón' está aparejada a la regulación del tipo de personal con el que contará el centro en su adhesión al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) y de su régimen de contratación. Así está estipulado en el capitulo IV 'Régimen de personal' del documento publicado este jueves en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) en donde se detalla cuáles contemplará.

El primero será el personal directivo de la fundación pública sanitaria definido como tal en la estructura directiva. "Se regirá por las previsiones contenidas en las normas reguladoras del sector público y de la función pública" de la región, indica la resolución.

También estará el personal al servicio de la fundación pública sanitaria que "será el personal estatutario que le adscriba el Sermas, el personal procedente del ente público 'Hospital Universitario Fundación Alcorcón'", conforme a lo que establece la disposición adicional séptima de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda, y el personal laboral cuando lo autorice el órgano de gobierno de la propia fundación pública sanitaria.

Por último, se establece que la fundación pública concertará una "póliza de responsabilidad civil, que cubra la responsabilidad profesional derivada de los daños y perjuicios no intencionados causados a terceros por acción u omisión, en el ejercicio de las funciones del personal a su servicio".

Constitución del Consejo Administrativo


Con la aprobación y publicación de los estatutos, lo que corresponde ahora es la constitución del nuevo órgano de gobierno y dirección que, según la resolución, serán el Consejo de Administración y el director gerente, respectivamente.

El Consejo de Administración será el órgano de gobierno y representación de la fundación pública sanitaria y ejercerá las facultades necesarias para la realización de los fines institucionales. Estará conformado por un presidente, un vicepresidente, nueve vocales y un secretario. En el caso del presidente, será la persona titular de la consejería competente en materia sanitaria; mientras que el vicepresidente será el director general del Sermas.

En las vocalías estarán los siguientes perfiles:

  • El titular del órgano directivo en materia de asistencia sanitaria del Sermas.
  • El titular del órgano directivo con competencias en Recursos Humanos del Sermas.
  • El titular del órgano directivo con competencia en Gestión Económica del Sermas.
  • El titular del órgano directivo con competencia en Investigación y Formación de la Consejería de Sanidad.
  • El consejero delegado de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.
  • El titular del órgano directivo con competencia en Recursos Humanos de la Consejería de Hacienda de la región.
  • El titular de la dirección gerencia del 'Hospital Universitario Fundación Alcorcón'.
  • La persona designada a propuesta del Ayuntamiento de Alcorcón, preferentemente entre los responsables del área del mismo con competencias en materia de salud.
  • La persona designada a propuesta de la Universidad Rey Juan Carlos, preferentemente entre los coordinadores con competencias en materia de actividad docente en hospitales adscritos a dicho centro universitario.

El o la secretaria será designada por el Consejo de Administración entre el personal que preste servicios en el hospital o en el Sermas. Actuará con voz, pero sin voto.
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