Están dentro de Personal de Gestión y Servicios del servicio de salud autonómico

Alberto Jara, director gerente del Sescam.
Alberto Jara, director gerente del Sescam.


El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) ha modificado la resolución por la que se publica la convocatoria de selección de personal temporal para la constitución de las bolsas de trabajo en las categorías profesionales sanitarias. Ahora, se incluyen tres nuevas categorías dentro de Personal de Gestión y Servicios del sistema de salud autonómico.

Se trata de técnico/a superior de Prevención de Riesgos Laborales, técnico/a medio de Prevención de Riesgos Laborales y técnico/a nivel intermedio de Prevención de Riesgos Laborales, que a partir de ahora también estarán incluidas en la convocatoria, según la resolución publicada este miércoles en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y firmada por Alberto Jara.

Personal facultativo


En cuanto a las categorías sanitarias y las titulaciones académicas exigidas para su acceso a la bolsa de trabajo, está la de personal facultativo que tendrá que contar con la titulación de especialista, según corresponda:

  • Alergología.
  • Anatomía Patológica.
  • Anestesiología y Reanimación.
  • Angiología y Cirugía Vascular.
  • Aparato Digestivo.
  • Cardiología.
  • Cirugía Cardiovascular.
  • Cirugía General y Digestivo.
  • Cirugía Oral y Maxilofacial.
  • Cirugía Ortopédica y Traumatología.
  • Cirugía Pediátrica.
  • Cirugía Plástica y Reparadora.
  • Cirugía Torácica.
  • Dermatología y Venereología.
  • Endocrinología y Nutrición.
  • Farmacia Hospitalaria.
  • Farmacología Clínica.
  • Geriatría.
  • Hematología y Hemoterapia.
  • Inmunología.
  • Laboratorio Clínico.
  • Medicina del Trabajo.
  • Medicina Física y Rehabilitación.
  • Medicina Intensiva.
  • Medicina Interna.
  • Medicina Nuclear.
  • Medicina Preventiva y Salud Pública.
  • Microbiología y Parasitología.
  • Nefrología.
  • Neumología.
  • Neurocirugía.
  • Neurofisiología Clínica.
  • Neurología.
  • Obstetricia y Ginecología.
  • Oftalmología.
  • Oncología Médica.
  • Oncología Radioterapia.
  • Otorrinolaringología.
  • Pediatría y sus Áreas Específicas.
  • Psicología Clínica.
  • Psiquiatría.
  • Radiodiagnóstico.
  • Radiofísica Hospitalaria.
  • Reumatología.
  • Urología.
  • Médico/a de Urgencias: título de médico especialista en cualquier especialidad o la certificación prevista en el artículo 3 del R.D. 853/1993, de 4 de junio, sobre el ejercicio de las funciones de médico de medicina general en el Sistema Nacional de Salud.
  • Médico/a de Admisión, Archivos y Documentación Clínica: título de licenciado en Medicina y Cirugía o título universitario oficial de grado en Medicina.
  • Inspector/a Médico Servicios Sanitarios y Prestaciones: título de licenciado en Medicina y Cirugía o título universitario oficial de grado en Medicina.
  • Inspector/a Farmacéutico Servicios Sanitarios y Prestaciones: título de licenciado en Farmacia o título universitario oficial de grado en Farmacia.
  • Farmacéutico/a de Atención Primaria: título de licenciado en Farmacia o título universitario oficial de grado en Farmacia.
  • Médico/a de Emergencias: título de médico/a especialista de Medicina de Urgencias y Emergencias, de médico/a especialista en Medicina Familiar y Comunitaria o cualquiera de los títulos, certificados o diplomas a los que hace referencia el Real Decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre ejercicio de las funciones de médico de Medicina General en el Sistema Nacional de salud y el Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de nédico/a especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médico/a Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, con los requisitos previstos en el Decreto 66/2017, de 19 de septiembre, de la Certificación Técnico-Sanitaria del transporte sanitario por carretera, o poseer título de médico especialista en Medicina Intensiva o título de médico especialista en Anestesiología y Reanimación.
  • Médico/a de Familia: título de médico especialista en Medicina Familiar y Comunitaria o cualquiera de los títulos, certificados o diplomas, a que hace referencia el artículo 1 del R.D. 853/1993 de 4 de junio.
  • Médico/a PEAC: título de médico especialista en Medicina Familiar y Comunitaria o cualquiera de los títulos, certificados o diplomas, a que hace referencia el artículo 1 del R.D. 853/1993 de 4 de junio.
  • Odontoestomatólogo: título de médico especialista en Estomatología o licenciado en Odontología o título universitario oficial de grado en Odontología.
  • Pediatra Atención Primaria: título de médico especialista en Pediatría y sus Áreas Específicas.
  • Técnico/a Salud Pública: título de licenciado en Medicina y Cirugía o título universitario oficial de grado en Medicina y al menos una de las siguientes titulaciones, especialista en Medicina Preventiva y Salud, especialista en Medicina Familiar y Comunitaria o Master reconocido en Salud Pública.

Personal sanitario diplomado


  • Enfermero/a Especialista Obstétrico-Ginecológica (matrona): título de especialista en Enfermería Obstétrico-Ginecológica.
  • Enfermero/a Especialista en Salud Mental: título de especialista en Enfermería en Salud Mental.
  • Enfermero/a Especialista en Geriatría: título de especialista en Enfermería Geriátrica.
  • Enfermero/a Especialista del Trabajo: título de especialista en Enfermería del Trabajo.
  • Enfermero/a Especialista Familiar y Comunitaria: título de especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria.
  • Enfermero/a Especialista Pediátrica: título de especialista en Enfermería Pediátrica.
  • Enfermero/a: título universitario oficial de grado en Enfermería o título de diplomado universitario de Enfermería, o ayudante técnico sanitario.
  • Enfermero/a PEAC: título universitario oficial de grado en Enfermería o título de diplomado universitario de Enfermería, o ayudante técnico sanitario.
  • Enfermero/a de Emergencias: título universitario oficial de grado en Enfermería o título de diplomado universitario de Enfermería, o ayudante técnico sanitario con los requisitos previstos en la base segunda apartado 2.d) de esta convocatoria o  Especialidad de cuidados médicoquirúrgicos.
  • Fisioterapeuta: título universitario oficial de grado en Fisioterapia o título de diplomado universitario en Fisioterapia o ATS/DUE especialista en Fisioterapia.
  • Terapeuta Ocupacional: título universitario oficial de grado en Terapia Ocupacional o título de diplomado universitario en Terapia Ocupacional.
  • Logopeda: título universitario oficial de grado en Logopedia o título de diplomado universitario en Logopedia.
  • Enfermero/a Inspector/a Servicios Sanitarios y Prestaciones: título universitario oficial de grado en Enfermería o título de Diplomado universitario de Enfermería, o ayudante técnico sanitario.
  • Óptico/a-Optometrista: grado/diplomatura en Óptica y Optometría.
  • Podólogo/a: grado/diplomatura en Podología.
  • Dietista-Nutricionista: grado/diplomatura en Nutrición Humana y Dietética.

Personal sanitario técnico


  • Higienista Dental: título de técnico superior en Higiene Bucodental o título de Formación Profesional de segundo grado (Higienista Dental), o certificado acreditativo de habilitación profesional expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
  • Técnico/a Superior Sanitario en Anatomía Patológica: título de Formación Profesional de Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citología o título de Formación Profesional de segundo grado, rama sanitaria, especialidad en Anatomía Patológica.
  • Técnico/a Superior Sanitario en Laboratorio: título de Formación Profesional de Técnico Superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico o título de Formación Profesional de segundo grado, rama sanitaria, especialidad en Laboratorio.
  • Técnico/a Superior Sanitario en Medicina Nuclear: título de Formación Profesional de Técnico Superior en Radioterapia o título de Formación Profesional de segundo grado, rama sanitaria, especialidad en Medicina Nuclear o título de Formación Profesional de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico. Y curso de operador en instalaciones radioactivas, expedidas por el Consejo de Seguridad Nuclear. 
  • Técnico/a Superior Sanitario en Radiodiagnóstico: título de Formación Profesional de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico o título de Formación Profesional de segundo grado, rama sanitaria, especialidad en Radiodiagnóstico. Y curso para operar en equipos de Rayos X, expedidas por el Consejo de Seguridad Nuclear.
  • Técnico/a Superior Sanitario en Radioterapia: título de Formación Profesional de Técnico Superior en Radioterapia o título de Formación Profesional de segundo grado, rama sanitaria, especialidad en Radioterapia. Y curso de operador en instalaciones radioactivas, expedidas por el Consejo de Seguridad Nuclear.
  • Técnico/a Medio Sanitario Cuidados Auxiliares de Enfermería (TCAE): título de Formación Profesional de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o Formación Profesional de Primer Grado en su rama sanitaria.
  • Técnico/a Superior Especialista en Documentación Sanitaria: título de Técnico/a Superior en Documentación y Administración Sanitaria o equivalente.
  • Técnico/a Medio Sanitario – Farmacia: título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico de Farmacia y Parafarmacia o equivalente.
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