Las enfermeras, enmarcadas en el subgrupo A2, recibirán una remuneración anual de 9.093,84 euros

 Esther Monzón, consejera de Sanidad de las Islas Canarias, promotora del V grado de carrera profesional médica
Esther Monzón, consejera de Sanidad de las Islas Canarias.


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Ya es oficial. Canarias contará con un nuevo grado sanitario de carrera profesional, tal y como lo refleja el Boletín Oficial de este lunes. Una novedad que solo figura en los planes del Servicio Andaluz de Salud (SAS), por lo que el territorio insular se posiciona como el segundo del Sistema Nacional de Salud (SNS) en aumentar el reconocimiento formativo de los profesionales

Concretamente, desde un punto de vista retributivo, los médicos canarios cobrarán 11.964,84 euros al año si consiguen acceder al V grado de carrera profesional. Dicha remuneración será la que recibirán los trabajadores integrados en el subgrupo A1, como farmacéuticos o psicólogos clínicos.

Además, las enfermeras (subgrupo A2) del quinto nivel verán recompensado su esfuerzo con un pago de 9.093,84 euros anuales, 2.000 euros más que la cantidad que recibirán los profesionales del subgrupo C1. Eso sí, son importes variables, ya que serán actualizados según los dispongan las leyes de presupuestos anuales

¿Cuánto cobraran los profesionales canarios que accedan al quinto grado de carrera profesional?


El esquema retributivo queda de la siguiente forma:

  • Subgrupo A1: 11.964,84 euros
  • Subgrupo A2: 9.093,84 euros
  • Subgrupo C1: 7.055,16 euros
  • Subgrupo C2: 6.173,64 euros
  • Agrupación profesional: 5.319,36 euros

Requisitos para acceder al V grado profesional


Hay que tener en cuenta que para enmarcarse en un grado u otro habrá que cumplir ciertos requisitos. Tal y como se establece en la resolución, el primer nivel se asignará a los 5 años de experiencia; el 2, a los 10; el 3, a los 16; el 4, a los 23; y el 5, a los 28.

La retribución de la carrera profesional médica se efectuará mediante el complemento de productividad que, en cuantía fija, se comenzará a percibir a partir del nivel 1 y se conformará por la división en doce mensualidades de la asignación económica correspondientes al en que se encuentre cada facultativo.

Para observar el incremento retributivo, a continuación, se exponen las retribuciones de los médicos correspondientes en cada grado profesional:
  • Nivel 1: 3.835,44 euros
  • Nivel 2: 6.135,96 euros
  • Nivel 3: 8.436,72 euros
  • Nivel 4: 9.970,68 euros
  • Nivel 5: 11.964,84 euros
Según dicta el texto normativo, para acceder al quinto grado profesional se requerrirá de un periodo mínimo de ejercicio profesional de 5 años. Aparte de ello, será necesario obtener 25 créditos en factor de capacitación y 75 en el de actividad.

Personal temporal y sustituto


Otro punto importante del Decreto es que será aplicable al personal temporal y sustituto. Así lo especifica el texto: "Las referencias al personal fijo contenidas en los Decretos que son objeto de modificación, deben entenderse igualmente referidas al personal temporal y sustituto, en cuanto sea adecuado a la naturaleza de su condición temporal y al carácter de su nombramiento".

En cuanto al marco temporal, con carácter excepcional y debido a la implantación del nuevo nivel o grado quinto de carrera profesional, el primer encuadramiento que se realice en el mismo a partir del 1 de enero de 2025 lo será con independencia del último nivel o grado reconocido o de que se trate del acceso a la carrera. Por ello, se producirán efectos económicos desde el 1 de enero.

A tal fin, las solicitudes para el sañalado encuadramiento excepcional se presentarán en el plazo de un mes a partir de la fecha que se determine en la instrucción del director del Servicio Canario de Salud. Cabe recordar que en los Presupuestos Generales de Canarias para 2025 ya se había consignado crédito presupuestario para hacer frente al abono de los reconocimientos del quinto grado de carrera profesional, cuantía que alcanza un importe total de 12.475.893 de euros.

Así, se cumple el histórico acuerdo de la Mesa Sectorial, tras una negociación desarrollada en varias reuniones previas de este órgano colectivo. Una acuerdo aplicable también a los profesionales no sanitarios.
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