Para ello deberán estar empadronados en la comunidad y tener un diagnóstico confirmado de la enfermedad

El Sespa pagará hasta 15.000 euros anuales a los pacientes con ELA en el caso que necesiten subvencionar sus gastos por necesidades sanitarias
Concepción Saavedra, consejera de Salud de Asturias.


1 mar. 2024 12:50H
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La Consejería de Salud del Principado de Asturias ha publicado este viernes las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a las personas diagnosticadas de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), y, según la resolución publicada por el departamento sanitario asturiano, el importe máximo será de 15.000 euros al año por persona beneficiaria.

La resolución ha sido publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), con el objetivo de regular el procedimiento para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para dichos pacientes. Así, el Gobierno autonómico tratará de financiar los gastos derivados de las necesidades sanitarias que de aquellas personas que padezcan ELA y sean complementarias a las que ya están cubiertas por el Sistema Sanitario Público del Principado de Asturias (Sespa).
En ese sentido, las ayudas subvencionables serán las siguientes:

  • Los servicios sanitarios complementarios a las prestaciones del Sespa o mutualidades de previsión social prestados.
  • El transporte para la asistencia a servicios de carácter sanitario relacionados con la enfermedad.
  • Los productos ortoprotésicos no incluidos en el Catálogo de Productos Ortoprotésicos del Sespa o para los que personas beneficiarias de esta ayuda no cumplan con los requisitos marcados en el mismo. Esos productos han de ser prescritos por el facultativo rehabilitador de la Comisión de ELA del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA).
  • Los productos farmacéuticos destinados a los cuidados sanitarios de la persona beneficiaria, no financiados por el Sistema Nacional de Salud (SNS), siempre que estén directamente relacionados con su patología. Estos productos han de estar sujetos a la prescripción facultativa, bien de la Comisión de ELA del HUCA, bien de Atención Primaria.


Solicitantes de ayudas en Sespa


Las personas que podrán ser solicitantes de las ayudas reguladas en las bases publicadas en el BOPA tendrán que cumplir, tal y como resalta la norma, con dos requisitos principales. En primer lugar, los pacientes deberán estar empadronados en Asturias o tendrán que tener su residencia en la región con una duración mínima de un año desde la fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes, así como mantener esa condición hasta la justificación de la ayuda. Y, en segundo lugar, tendrán que tener un diagnóstico confirmado de ELA y que así constate alguno de los sistemas de información o registro de enfermedades raras.

“La cobertura de las necesidades que van surgiendo en la evolución de la enfermedad de ELA se promoverá mediante las correspondientes convocatorias públicas de concesión de ayudas económicas, a través de un procedimiento bajo régimen de concurrencia competitiva”, explica el decreto. Y es que, tal y como argumenta la Consejería de Salud, el departamento que a día de hoy dirige Concepción Saavedra es “consciente” de las “especiales necesidades” de atención, apoyo y cuidados sanitarios que precisan las personas diagnosticadas con ELA.

Se trata de una enfermedad neurodegenerativa que deriva en una gran dependencia, tal y como prosigue la Consejería. Es por ello que el Ejecutivo asturiano promueve, mediante este decreto, la concesión de ayudas económicas con la finalidad de prestar soporte sanitario a las necesidades que surgen en la evolución de la patología. “De este modo se refuerza la cobertura existente en la actualidad, teniendo en cuenta el deber de los poderes públicos de ofrecer recursos complementarios a la atención sanitaria de las personas afectadas de enfermedades crónicas en general y neurodegenerativas en particular”, sentencia Salud.
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