Antonio Sanz, consejero de Sanidad, Presidencia y Emergencias de la Junta de Andalucía.
La Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias, a cargo de
Antonio Sanz, ha sometido a información pública el proyecto de Decreto por el que regula el procedimiento para la
creación, modificación y supresión de los cargos intermedios en los centros sanitarios de la región por un plazo de
15 días hábiles. Con esto busca modificar el Decreto 132/2021, de 6 de abril, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos de este tipo.
En dicha norma, el artículo 1.3 establece los criterios para la determinación de los cargos intermedios, con un inventario de los mismos, aunque no contempla un procedimiento específico para la creación, modificación o supresión de estos puestos ni los criterios organizativos que deben presidir su implantación en la estructura asistencial. "Esta
ausencia de regulación sistemática aconseja completar el marco normativo vigente mediante una disposición que ordene de forma objetiva y homogénea la
configuración estructural de los cargos intermedios, asegurando su adecuación a las necesidades funcionales del sistema sanitario público", indica el borrador.
De hecho, tal como destaca, regularlos cobra importancia, por estar
orientados a funciones de coordinación técnica, supervisión funcional y organización de unidades, "constituyendo un
nivel esencial de articulación entre la dirección y los profesionales" del SAS.
Creación, modificación y supresión de cargos intermedios
Así, el proceso de creación, modificación y supresión de cargos intermedios del SAS se llevará a cabo
mediante Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de Salud, en este caso la de Sanidad, Presidencia y Emergencias, que será la responsable de establecer "
como mínimo" la denominación, funciones, titulación y retribuciones de los cargos correspondientes.
Además, se articulará necesariamente a partir de la
revisión previa de las plantillas orgánicas "como instrumento estructural de ordenación de puestos". En cuanto al ámbito de aplicación, será aplicable a los
cargos intermedios de carácter asistencial y de gestión y servicios que formen parte de la estructura organizativa.
Criterios organizativos y creación de cargos intermedios
Este nuevo decreto deberá responder a
criterios objetivos de organización asistencial y de gestión eficiente de recursos humanos. Para valorar las propuestas, se tendrán en cuenta elementos como el volumen y complejidad de la actividad asistencial y funcional; el número de profesionales adscritos a la unidad o servicio correspondiente; el grado de especialización o diferenciación funcional; la implantación de nuevas tecnologías, procesos asistenciales o modelos organizativos; necesidades de coordinación interprofesional, intercentros o territorial; impacto en la calidad, continuidad y seguridad asistencial o la adecuación a los objetivos establecidos en el contrato programa del SAS.
Este procedimiento de creación
podrá iniciarse por iniciativa de la persona titular del órgano directivo central competente en materia de personal del SAS o a
solicitud de las personas titulares de las Dirección Gerencias de centros sanitarios.
Una vez recibida la propuesta, la Dirección Gerencia del SAS
verificará el cumplimiento de los requisitos formales y la suficiencia de la documentación aportada. Cumplido este paso, se elevará el expediente al centro directivo central competente en materia de personal, que será el encargado de la instrucción del procedimiento.
"El centro directivo central con competencias en materia de personal de SAS
asumirá la instrucción del expediente y será responsable de
verificar la adecuación técnica de los estudios funcionales y de cargas de trabajo", subraya la propuesta.
Cuando esté concluida la instrucción, se emitirá una
propuesta técnica que incluya justificación funcional, impacto en plantillas, repercusión presupuestaria y resultados de la negociación sectorial. Será esta propuesta la que se elevará a la Dirección Gerencia del SAS, que la
asumirá como formal y la remitirá a quien sea titular de la consejería de Sanidad.
Integración en la plantilla del SAS
La creación de un cargo intermedio
se deberá incorporar a la plantilla orgánica del centro que corresponda. "La efectividad del nombramiento quedará condicionada a las disponibilidades presupuestarias y a la previa actualización de la plantilla cuando proceda", se añade. Lo mismo sucederá con la
modificación o supresión de cargos intermedios, que también implicará la adaptación de la plantilla orgánica.
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