Cometer errores o incidencias en la historia clínica puede perjudicar al médico y al paciente.
Baleares refuerza su participación en los servicios europeos de sanidad electrónica transfronteriza
El nuevo convenio actualiza las bases para que los ciudadanos puedan acceder a información clínica y utilizar recetas electrónicas en otros países participantes
Baleares refuerza su participación en el marco operativo de los servicios europeos de sanidad electrónica transfronteriza (CBeHIS/eHDSI). Aunque la comunidad autónoma era una de las doce regiones que ya habían suscrito este tipo de convenio con el Ministerio de Sanidad, concretamente en julio de 2022, ahora ha sellado uno nuevo que renueva y actualiza el marco vigente.
De esta forma, los pacientes de Baleares podrán tener continuidad asistencial en otros países de la Unión Europea que participen en este proyecto. El objetivo es que, cuando una persona necesite asistencia sanitaria en otro Estado miembro que esté en el sistema, los profesionales sanitarios puedan acceder electrónicamente a determinada información clínica necesaria para atenderle.
El convenio contempla inicialmente dos servicios. En primer lugar, el resumen del paciente, que recoge información clínica esencial, y, en segundo lugar, la receta electrónica y dispensación electrónica, que permite utilizar una receta electrónica en otros países participantes y facilitar la dispensación.
Convenio entre el IB-Salut y el Ministerio de Sanidad
De esta forma, el Servei de Salut de Baleares (IB-Salut) y el Ministerio de Sanidad han firmado un convenio para establecer las bases de la provisión de estos servicios. España mantiene un único Punto Nacional de Contacto para Sanidad Electrónica (NCPeH), cuya responsabilidad corresponde al Ministerio de Sanidad. El IB-Salut se conecta a él a través de su infraestructura regional.
El convenio regula la información sanitaria que se podrá consultar en otros países participantes, en caso que así se considere. El documento establece categorías y servicios concretos, y el intercambio se limita a la información necesaria para la prestación del servicio, por lo que no toda la historia clínica del paciente estará disponible en Europa.
Por su parte, el IB-Salut tendrá que garantizar la identificación y autenticación de profesionales; la identificación inequívoca de pacientes; la conexión de sus sistemas con la infraestructura nacional; la calidad, exactitud e integridad de la información clínica; la utilización de las terminologías y estándares europeos; la realización de pruebas y auditorías; y el cumplimiento de los requisitos de seguridad.
Protección de datos
Tanto el Ministerio de Sanidad como el IB-Salut serán responsables del tratamiento de los datos en sus respectivas operaciones, mientras que la Comisión Europea actúa como encargada para los datos tratados a través de la infraestructura eHDSI.
Por ello, se aplicará el Reglamento General de Protección de Datos, los profesionales sanitarios solo podrán acceder a los datos necesarios, se exige confidencialidad, los pacientes deberán recibir información sobre el tratamiento, también podrán ejercer sus derechos de protección de datos, no se elaborarán perfiles ni se tomarán decisiones automatizadas a partir de estos datos y se establecerán sistemas permanentes de gestión de riesgos.