Elimina el requisito de 54 horas de promedio mensual en los 6 meses anteriores



8 abr. 2015 12:40H
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Cristina Mouriño. Madrid
La Consejería de Hacienda ha rectificado y ha emitido una nueva orden para el abono de la incapacidad temporal (IT) a los médicos que no esté sujeta a un número mínimo de guardias en los seis meses anteriores. Tal y como ha explicado Andrés Cánovas, secretario general de CESM-CV, “la orden de la Consejería contradecía a la del Consell”.

Andrés Cánovas.

Según ha señalado, Hacienda había establecido el abono de 54 horas de guardia al personal facultativo en las situaciones de incapacidad temporal (IT), desde el trigésimo primer día de incapacidad cuando se trate de contingencias comunes y desde el primer día en contingencias profesionales. No obstante, la Consejería exigía para dicho abono “que se vinieran realizando un mínimo de 54 horas de guardia de promedio mensual en los seis meses anteriores”, algo que según el Sindicato Médico, “contravenía lo establecido por el Consell”.

Ante esta situación la Consejería ha acordado adaptar la orden previa y ha eliminado el requisito de las 54 horas de guardia, dejándolo solo en la necesidad de que el facultativo acredite haber realizado guardias de forma habitual en los seis meses anteriores. Cánovas ha valorado la decisión como “muy importante” ya que han recibido “entre 40 y 50 reclamaciones en los dos últimos años”. “Esta orden se aplicará con carácter retroactivo, de tal forma, que los facultativos que en estos dos últimos años no han percibido el abono de la baja podrán reclamarlo”, ha concluido.

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