El Ministerio de Sanidad está estudiando cómo poder aislar a los pasajeros del Hondius, como medida preventiva ante posibles contagios del hantavirus.
Según ha podido saber Redacción Médica por fuentes ministeriales, las primeras interpretaciones del Ministerio de Defensa que apuntaban a una cuarentena voluntaria no estarían en la línea correcta, y en Sanidad ya están culminando un análisis jurídico para que este aislamiento no fuera voluntario llegado el caso.
Sanidad va a apelar a razones de salud pública para llevar a cabo (si fuera necesario) este aislamiento forzoso, y la ley 3/1986 de medidas especiales en materia de salud pública podría ser el respaldo adecuado para esta decisión.
Si existiese la negativa de algún pasajero a este aislamiento, con la ley en la mano Sanidad podría (con la autorización de un juez) llevarlo a cabo de manera no voluntaria.
Cuando la cuarentena no es voluntaria y afecta a los derechos fundamentales, las medidas deben ser ratificadas judicialmente para garantizar que son proporcionadas, necesarias y limitadas en el tiempo, han expresado fuentes jurídicas a este medio.
Estas mismas fuentes han apuntado a que la ley 3/1986 no da 'carta blanca' para restringir los derechos sin control, sino que exige una ponderación judicial caso por caso cuando la cuarentena no es aceptada voluntariamente.
Según la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, corresponde a estos juzgados la autorización o ratificación judicial de las medidas adoptadas con arreglo a la legislación sanitaria que las autoridades sanitarias consideren urgentes y necesarias para la salud públicae impliquen limitación o restricción de derechos fundamentales, cuando dichas medidas estén plasmadas en actos administrativos singulares que afecten únicamente a uno o varios particulares concretos o identificados de manera individualizada.
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