El último borrador del Real Decreto sobre IT elimina esta posibilidad, pero la ley de mutuas la mantiene



23 ene. 2014 14:47H
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Redacción. Madrid
El Pleno del Consejo Económico y Social (CES), integrado por sindicatos, empresarios y organizaciones del tercer sector, ha aprobado el dictamen sobre el anteproyecto de ley de mutuas, con numerosas objeciones al texto que le fue enviado por el Gobierno.

Fátima Báñez, ministra de Empleo.

Entre ellas, rechaza la posibilidad de que estas entidades puedan dar altas médicas en procesos de incapacidad temporal si los Servicios Públicos de Salud no responden en un plazo de cinco días, petición que concuerda con la última modificación del Proyecto de Real Decreto sobre incapacidades temporales (IT) que eliminaba la posibilidad de que las mutuas den el alta sin el visto bueno del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

En concreto, el CES no comparte que la ley de mutuas amplíe las facultades de las mutuas en la gestión de la incapacidad temporal al permitirles realizar a sus médicos propuestas de altas "presuntas". "No resulta admisible legalmente que como consecuencia de la inactividad de la Administración, es decir, de su falta de respuesta en cinco días, resulte perjudicado el trabajador con la retirada de la prestación económica", alega.

El organismo ha dado el visto bueno al dictamen sobre la ley de mutuas por 46 votos a favor, seis en contra y dos abstenciones. Aunque el CES pide que no se le conceda a las mutuas este mayor control en las bajas por incapacidad temporal, las organizaciones empresariales han anunciado que van a presentar un voto particular al dictamen sobre esta cuestión, al igual que hará el grupo de expertos.

Aunque el CES comparte la necesidad de actualizar y armonizar la normativa sobre las mutuas, critica que no se haya consultado a los agentes sociales el anteproyecto y que éste contenga numerosas alusiones a un posterior desarrollo normativo "que no contribuyen a su claridad".

El CES apuesta en su dictamen por mantener la naturaleza jurídica de las mutuas, asegurando su carácter privado como asociaciones de empresarios, y no comparte la nueva denominación que el anteproyecto recoge para estas entidades (mutuas de la Seguridad Social en vez de mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales).

Asimismo, el Consejo considera "inadecuado" que se prohíba en el anteproyecto el que las mutuas puedan participar en sociedades mercantiles de prevención, una restricción que ve injustificada por la "importante labor" que han venido desarrollando estas entidades como servicios de prevención ajenos, por lo que reclama que ésta se pueda seguir desempeñando "voluntariamente". El grupo de expertos presentará un voto particular al dictamen sobre esta cuestión para defender esta prohibición.

Por otro lado, el CES advierte en su dictamen de que el cambio contemplado en el anteproyecto sobre el actual sistema de aplicación de los excedentes y determinación de reservas podría "afectar negativamente a la protección de los trabajadores y la solvencia de las mutuas" por la disminución de los recursos dirigidos al cumplimiento de los fines de colaboración de estas entidades con la Seguridad Social. "Los excedentes deberían revertir principalmente en la mejora continua de la colaboración en la gestión y en los fines generales del sistema de la Seguridad Social", sostiene al respecto.

En cuanto a los cambios que recoge la norma en el sistema de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos, el CES celebra que se mejore el régimen de acceso a esta prestación, antes "excesivamente complejo", pero duda de la obligatoriedad de la cobertura tal y como está redactada en el anteproyecto "por la amplia casuística existente". Así, rechaza que sea obligatoria esta cobertura para las cooperativas.

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