Su objetivo es dar "respuesta jurídica, sistemática, equilibrada y garantista a una demanda sostenida de la sociedad"

DOCUMENTO | Sanidad establece un manual de buenas prácticas en eutanasia
Exteriores del Ministerio de Sanidad.


7 jul. 2021 16:40H
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POR JESÚS MEDIAVILLA
El Ministerio de Sanidad ha presentado la propuesta del ‘Manual de buenas prácticas en eutanasia’, la cual será trasladada esta misma tarde el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) para ser analizada junto con las comunidades autónomas. El objetivo de este documento no es otro que dar “una respuesta jurídica, sistemática, equilibrada y garantista a una demanda sostenida de la sociedad como es la eutanasia”.

Dicho manual, al que ha tenido acceso Redacción Médica, establece un conjunto de “recomendaciones que orienten a los profesionales sanitarios y a las administraciones sanitarias” para garantizar la correcta puesta en práctica de esta Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.


Recomendaciones actualizadas periódicamente


Las recomendaciones serán actualizadas periódicamente y, en esta primera versión, con el fin de asegurar la equidad y calidad asistencial de esta prestación, el documento contiene una serie de apartados en los que se normativiza sobre varios aspectos. En primer lugar, se ofrece una primera aproximación al marco normativo, señalando que lo dispuesto en la LORE “obliga a todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que actúen o se encuentren en territorio español”.

El siguiente punto define las funciones de los profesionales sanitarios que participan en el procedimiento de ayuda para morir: el médico responsable, el médico consultor y el equipo asistencial. Además, incluye una referencia a las Comisiones de Garantía y Evaluación, un órgano colegiado que deberá velar por el correcto desarrollo del proceso eutanásico en cada una de las comunidades y ciudades autónomas.

En otro de los apartados, el departamento de Carolina Darias detalla las fases del procedimiento que debe seguirse desde que el médico responsable recibe la solicitud de eutanasia por parte del paciente hasta la verificación posterior realizada por la Comisión de Garantía y Evaluación, una vez el paciente ha fallecido.

Este manual también contiene recomendaciones en cuanto a la forma y tiempo de realización de la prestación, una vez el paciente ha prestado su consentimiento informado o el médico responsable ha cumplimentado los trámites previos cuando certifique una situación de incapacidad de hecho.

Por último, incluye una serie de pautas en relación al derecho fundamental del profesional sanitario a la objeción de conciencia, que deberá ser compatible con el derecho del paciente a la realización eficaz de la prestación.


El papel del médico responsable


El médico responsable es el facultativo que tiene a su cargo “la coordinación de toda la información, del proceso deliberativo y de la asistencia sanitaria del paciente desde el inicio hasta el final de la prestación de ayuda para morir”. El médico responsable será, según el propio texto, “el interlocutor principal del paciente en todo lo referente a su atención e información durante el proceso asistencial, sin perjuicio de las obligaciones de otros profesionales que participan en las actuaciones asistenciales”.

Además, esta guía indica, entre otras cosas, que el paciente podrá elegir al médico responsable en el proceso de la prestación de ayuda para morir, siempre que sea posible. Podrá ser su médico de atención primaria o de atención hospitalaria.

Cuando un médico que forme parte de la Comisión de Garantía y Evaluación sea elegido como médico responsable de un paciente que haya solicitado la prestación de ayuda para morir, no podrá intervenir en el proceso de evaluación que realice la Comisión para esta solicitud.
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