Así lo recoge el RD con el que Sanidad completará la trasposición de la norma europea



25 oct. 2013 11:27H
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Redacción. Madrid
Este viernes entra en vigor la Directiva 2011/24/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza. España ha hecho sus deberes pero para completar la trasposición está a la espera de dar luz verde a un real decreto que en una semanas pasará por la mesa del Consejo de Ministros. El borrado, adelantado por Redacción Médica, incluye medidas como las prestaciones que requerirán autorización previa.

La ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato.

Se trata de un catálogo de técnicas, tecnologías y procedimientos que impliquen que el paciente tenga que “pernoctar al menos una noche en el hospital”, como describe el proyecto normativo. Se han elegido doce en “base a la exigencia del uso de procedimientos o equipos médicos sumamente especializados, a la necesidad de atención a pacientes con problemas complejos o a su elevado coste económico”. Las prestaciones son: Tomografía por emisión de positrones (PET), y combinada con el TC (PET-TC) y SPECT; diálisis; litotricia renal; reproducción humana asistida; cirugía mayor ambulatoria intervencionista o que requiera la utilización de un implante quirúrgico incluido en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud; tratamientos oncológicos (radioterapia, quimioterapia); radiocirugía; análisis genéticos incluidos en la cartera de servicios; orientados a diagnósticos de casos complejos, incluidos el diagnóstico prenatal y el preimplantacional, análisis genéticos  presintomáticos y de portadores, análisis de farmacogenética y farmacogenómica; tratamientos de discapacidades que requieran productos incluidos en la prestación ortoprotésica suplementaria (sillas de ruedas eléctricas, prótesis, de miembro superior excepto las prótesis parciales de mano, prótesis de miembro inferior excepto las prótesis parciales de pie,  audífonos y bitutores; tratamientos con fórmulas completas para nutrición enteral  domiciliaria; tratamientos con fórmulas y módulos nutricionales para trastornos congénitos del metabolismo de los hidratos de  carbono, aminoácidos y lípidos; atención a patologías y realización de procedimientos para los  cuales se han designado servicios de referencia, de acuerdo con  el Real Decreto 1302/2006, de 10 de noviembre, por el que se  establecen las bases del procedimiento para la designación y acreditación de los centros, servicios y unidades de referencia del Sistema Nacional de Salud, incluidos en el anexo III del Real Decreto 1207/2006, de 20 de octubre, por el que se regula la gestión del Fondo de Cohesión Sanitaria, o se han designado servicios de referencia en Europa.

El Ministerio de Sanidad ha destacado mediante un comunicado el decálogo de medidas ya incorporadas, como son: la cartera de servicios; la Red Española de Agencias de Evaluación de Tecnologías y Prestaciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud; herramientas de ‘e-Salud’ y sistemas de información sanitaria interoperables; Servicios y Unidades de Referencia; registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios autorizados por las Comunidades Autónomas; sistema de tarifas para el reembolso de los pacientes españoles que reciban asistencia en otro estado miembro de la UE y de precios para los ciudadanos de otro estado miembro de la UE que soliciten asistencia en España; un procedimiento para la dispensación de fármacos bajo criterios de la Unión Europea; criterios para garantizar la calidad y seguridad de los pacientes en la asistencia sanitaria; contabilización de los profesionales ; y un Punto Nacional de Contacto (ubicado en la Subdirección General de Atención al Ciudadano del Ministerio de Sanidad).

La Comisión Europea insta a España a que "cumpla con su obligación"

Tonio Borg, comisario de Salud de la Comisión Europea, ha declarado al respecto que este viernes "todos los Estados miembros tienen que haber incorporado a su ordenamiento jurídico la Directiva relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza, que se adoptó hace treinta meses". "La directiva tiene que transponerse y aplicarse adecuadamente para que los pacientes puedan beneficiarse de los derechos que les concede el Derecho de la UE. La Comisión ha ofrecido mucha ayuda a los Estados miembros durante el período de transposición. Insto ahora a todos los Estados miembros a que cumplan su obligación e incorporen plenamente la Directiva. La Comisión supervisará cuidadosamente la transposición, ofrecerá asistencia y, en su caso, tomará las medidas oportunas", ha subrayado.

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