Aumenta el importe del seguro de responsabilidad civil por negligencia y el mínimo para ejercer



29 oct. 2013 13:19H
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Redacción. Madrid
El Ministerio de Economía y Competitividad ha oficializado, a través de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la actualización de la Ley de 26/2006 de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. En ella se modifican los importes destinados al seguro de responsabilidad civil por negligencia profesional por siniestro y para todos los siniestros de un año, así como el mínimo para ejercer como agente de seguros vinculado.

Luis de Guindos, ministro de Economía.

La actualización, que estaba prevista para este 2013 al haberse cumplido cinco años desde la última revisión, se produce después de que la Comisión Europea (CE) impulsara la necesidad de modificar las cuantías de la ley europea sobre la mediación del seguro como consecuencia del incremento en un 11,64 por ciento del índice europeo de precios al consumo entre los meses de enero de 2008 y 2013.

A través de la resolución publicada en el BOE, se sitúa en 1.250.618 euros la cantidad mínima que debe alcanzar el seguro de responsabilidad civil profesional, que hasta la fecha era de 1.120.200 euros. Del mismo modo, los 1.680.300 euros para todos los siniestros correspondientes a un mismo año pasan a ser 1.875.927. Por último, la cantidad mínima para ejercer como agente de seguro vinculado asciende a 18.760 euros, cuando en la anterior versión eran 16.803.

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