No se costearán moléculas cuyo impacto sanitario “conlleve desequilibrio presupuestario”



21 jul. 2015 19:14H
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Eduardo Ortega Socorro. Madrid
Todo parece indicar que el esperado real decreto de precios y financiación de medicamentos y productos sanitarios puede llegar a buen puerto. El texto, un proyecto legislativo que el Ministerio de Sanidad lleva desarrollándo desde hace más de dos años y que viene a poner orden y transparencia en la evaluación y fijación de precios de medicamentos en España, se va a tratar en la comisión delegada del Consejo Interterritorial que se celebra el próximo 29 de julio y Redacción Médica ha tenido acceso a su contenido.

Agustín Rivero, director general de Cartera Básica de Servicios y Farmacia.

Entre las novedades que incorpora el texto, una de las que destaca es la reglamentación de las nuevas fórmulas de financiación de medicamentos que el departamento ha empezado a poner en práctica durante el último año, entre las que destacan los techos de gasto. De hecho, según este documento, esta fórmula se podrá aplicar durante todo el periodo de protección por patente del que disfrute un fármaco.

En este sentido, el texto también abre la puerta al pago “por resultados en salud, cuando exista incertidumbre sobre los resultados y estos sean mensurables”. Asimismo, regula el sistema de precios seleccionados, que, de una manera similar a la subasta de medicamentos de Andalucía, saca a concurso público un conjunto de referencia de medicamentos o una agrupación homogénea cuando concurran dos más de las siguientes razones sanitarias y económicas: riesgo de desabastecimiento, falta de equidad en el acceso en todo o parte del territorio español, alarma epidemiológica e incrementos interanuales de gasto farmacéutico superiores al porcentaje de incremento del PIB, entre otras.

'No' a los homeopáticos

Por otro lado, el documento también cierra la puerta, en su artículo 3, a la financiación pública de los medicamentos homepáticos, de aquellos no sujetos a prescripción médica y de dietéticos.  Por otro lado, también se indica que “podrán no ser financiados los medicamentos que se comercialicen a precios tan elevados que comprometan la viabilidad y sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (SNS)”.

Tampoco se financiarán los medicamentos indicados "en el tratamiento de síndromes y/o síntomas de gravedad menor, ni aquellos que, aun habiendo sido autorizados de acuerdo a la normativa vigente en su momento, no respondan a las necesidades terapéuticas actuales". 

El proyecto legislativo no se olvida de los informes de posicionamiento terapéutico (IPT) a los que les otorga “carácter vinculante”, algo de lo que ya advirtió el propio Agustín Rivero, director general de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia, durante el año pasado. “Ninguna otra administración pública podrá elaborar informes de comparación que contradigan, modifiquen o restrinjan el IPT elaborado por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps)”.

Vigilancia

Además, el borrador del real decreto pone el ojo en los problemas de abastecimiento que durante los últimos tiempos han sacudido la cadena del medicamento en España. Por ello, establece la obligación de la comunicación de todas las transacciones de fármacos a los colegios de Farmacéuticos  y al Consejo General de Farmacéuticos, a través de medios telemáticos.

Asimismo, se ponen cifras  a los márgenes correspondientes por la venta de productos sanitarios. En el caso de farmacias, se fijan en el 21 por ciento, y en el de la distribución, en el 6 por ciento, siempre y cuando el precio industria sea igual o inferior a 59 euros. 

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