Advierte a Sanidad que la información es de interés público y le da al ministerio un plazo de diez días para aportarla

Comisión de Farmacia: Transparencia obliga a dar la composición y los temas
José Luis Rodríguez Álvarez, presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.


21 feb. 2022 14:10H
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El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ha ordenado al Ministerio de Sanidad proporcionar en un plazo máximo de diez días hábiles el listado de todos los asistentes a las reuniones de la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (Cisns) y las órdenes del día en las mismas durante los años 2019, 2020 y 2021.

Se trata de una petición en curso desde junio del año pasado, denegada en un primer momento por el Ministerio de Sanidad, ya que consideraba que la solicitud de estos datos “excede con mucho de la información que permite la ley”. Así, alegaba que conocer los nombres y apellidos de los miembros del órgano anteriormente citado son “puramente privados cuya divulgación no se encuentra legalmente amparada”.

Sanidad insiste en que “no se alcanza a comprender qué utilidad o beneficio pueden reportar al solicitante más allá de constituir una información susceptible de utilizarse como instrumento de presión de los miembros de la Comisión que podría mermar su independencia en la toma de decisiones”. Y, en este sentido, subraya que la petición no se refiere a una determinada reunión, sino que se hace extensible asistido a todas las reuniones que se han celebrado a lo largo de varios años “sin aportar motivo alguno para una petición de tal amplitud”.

Por el contrario, el solicitante (de identidad desconocida por el momento) insistió en su petición y recurrió ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, advirtiendo que la resolución denegatoria incumplió en la forma y en el fondo la Ley de Transparencia y que la información solicitada es de “interés público”.

El contenido y los asistentes tienen "especial relevancia pública"


Ahora, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno concluye que “la transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política”. Por ello, considera que hay que tener en cuenta que los asistentes a la Comisión Permanente de Farmacia “lo hacen en su condición de representantes de la Administración General del Estado y de las CCAA por lo que el conocimiento de su asistencia a las citadas reuniones se enmarcaría en la previsión contenida en el precepto señalado y, en consecuencia, no resultaría de aplicación el límite de la protección de datos personales”.

Por otro lado, añade que “el conocimiento de las actas o conclusiones en las que se hubieran documentado sus reuniones constituye información pública y tiene incidencia directa en el conocimiento de la toma de decisiones por parte de los responsables públicos”. De este modo, recuerda que la Comisión Permanente de Farmacia del citado Consejo Interterritorial está formada por las CCAA y el resto de entidades gestoras (Ingesa y mutualidades), la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) y la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia (Dgcyf). “Es innegable, por tanto, que adopta acuerdos que inciden en los medicamentos de uso público que tienen especial relevancia pública por su contenido y alcance en la sociedad en general”, sentencia.

No es la primera vez que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno reclama a Sanidad información sobre este tipo de comisiones. Farmaindustria también solicitó este año el acceso a todas las actas y al contenido de los acuerdos de la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del año 2020 y de enero, febrero, marzo y abril de 2021.
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