El Tribunal Superior dicta un auto donde deja sin efecto la medida interpuesta por la Universidad Católica

El TSJ anula las prácticas de la privada en hospitales públicos
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.


30 sept. 2016 12:40H
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Nuevo revés legal para la Universidad Católica de Valencia en el juicio de las prácticas clínicas. La sección quinta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado un auto en el que acuerda dejar sin efecto la medida cautelar que permitía, frente a una resolución previa de la Consejería de Sanidad, a los alumnos de la rama sanitaria de esta universidad hacer prácticas en hospitales públicos.

El auto acuerda estimar el recurso interpuesto por la Abogacía de la Generalidad contra una decisión dictada en agosto por la sala de vacaciones, en una pieza separada, y por la que suspendió cautelarmente la decisión de la Consejería de Sanidad que limitaba la realización de prácticas universitarias a los estudiantes de la rama sanitaria de la Universidad Católica de Valencia en los centros sanitarios de la red pública, sin pronunciarse sobre el fondo de la cuestión.

En este sentido, la sala señala que no puede "obviar" una reciente resolución de este 23 de septiembre, en la que inadmitió, por el cauce procedimental de vulneración de derechos fundamentales, el recurso interpuesto en los autos principales, del que parte esta pieza, y por este motivo, en "congruencia" con esa declaración, "no cabe más" que aceptar la alegación de la Generalidad y "dejar sin efecto la medida cautelar de suspensión acordada".

En agosto, la sala suspendió cautelarmente la decisión de la Consejería de Sanidad que impedía la realización de esas prácticas en los centros públicos al considerar que, de haber una sentencia favorable, podrían producirse "situaciones jurídicas irreversibles o de difícil restablecimiento" dada la inmediatez del inicio del curso académico 2016-2017 y la necesidad de prepararlo y diseñarlo.

Sin embargo, con posterioridad, en este mes, la misma sección de la sala inadmitió el recurso interpuesto por la Católica porque acudió a la vía de protección de los derechos fundamentales, un procedimiento que para el tribunal resulta "improcedente" porque consideró que la actuación impugnada en ningún caso resulta "discriminatoria" ni compromete el derecho a la igualdad. La sala estimó que estas son cuestiones más propias de la legalidad ordinaria.

La Generalidad había argumentado, entre otras cuestiones, que mantener la medida cautelar implicaba un "incumplimiento flagrante" de la ley de incompatibilidades para los funcionarios, que los convenios con la Católica no estaban vigentes, negaba la existencia de una vía de hecho y que había una incongruencia entre lo pedido por el centro y lo acordado por el tribunal. La universidad se opuso a estas alegaciones.
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