También ratifica el actual sistema sobre creación y reconocimiento de universidades



23 oct. 2013 13:09H
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Redacción. Madrid
El Tribunal Constitucional ha fallado en contra de los recursos de inconstitucionalidad presentados en 2002 por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Cortes de Aragón y la Asamblea de Extremadura a varios preceptos de la Ley Orgánica 6/2001 de universidades (LOU). Entre otros motivos, el recurso señalaba que la LOU no garantizaba la autonomía universitaria y sus competencias.

En primer lugar, Castilla-La Mancha aseguraba en su recurso que la LOU vulneraba el derecho fundamental a la igualdad ante la ley, ya que las universidades de la Iglesia Católica no necesitaban un reconocimiento por ley, como sí se les pedía a las privadas. En este sentido, este recurso ha perdido objeto porque una sentencia anterior ya anunció la inconstitucionalidad de este supuesto.

Los tres recursos también señalaban que no se garantizaba la autonomía universitaria y sus competencias. El Tribunal Constitucional ha considerado que en esta parte el proceso también ha perdido objeto.

Finalmente, la sentencia del Tribunal Constitucional publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) asegura que son constitucionales los preceptos legales estatales sobre creación y reconocimiento de universidades, escuelas y facultades, evaluación y acreditación de la calidad; títulos académicos; admisión de alumnos y procedimientos para la autorización de convenios para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico.

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