Se garantiza su carácter retroactivo para los ya licenciados al amparo del Plan Bolonia



5 mar. 2014 15:38H
SE LEE EN 2 minutos
Redacción. Madrid
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy el Real Decreto 96/2014, en el que se reconoce la doble titulación (grado y máster) a las titulaciones que acumulen como mínimo 300 créditos, caso en el que se encuentran los estudios de Medicina.

Además se ha conseguido que tenga carácter retroactivo, de modo que los titulados tras la entrada en vigor del nuevo plan de estudios (conocido como Plan Bolonia) tendrán derecho automáticamente la doble titulación. El único requisito para ello es que así sea oficialmente solicitado por la Facultad correspondiente.

En términos prácticos, la categoría de máster supone que los licenciados podrán acceder directamente a la investigación de doctorado.

Larga batalla

El problema ahora resuelto, y que implicó la movilización de la profesión a instancias de CESM, se planteó con la implantación a partir de 2010 del EESS, según el cual las titulaciones universitarias pasan a tener la consideración de Grado y una duración de 4 años (260 créditos), excepto Medicina, que sigue durando 6 (360 créditos), Arquitectura y Veterinaria (5 años).

CESM y el Foro de la Profesión Médica argumentaron entones que era injusto que los médicos tuvieran el mismo nivel académico que los que se forman en 4 años.

La propuesta de la Confederación, respaldada por los decanos, estudiantes y el Foro de la Profesión en pleno, se centró en reclamar que los 6 años de estudios de Medicina se correspondan con el título de máster, permitiendo así que el estudiante que lo desee pueda seguir sus estudios superiores de doctorado realizando la tesis correspondiente.
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.