Para las actividades privadas que no tengan nada que ver con la que se desempeña en la función pública la regla general es la compatibilidad



2 jun. 2014 13:48H
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Redacción. Madrid
Un juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 7 de Barcelona ha dictado sentencia favorable a un funcionario que quería compaginar su puesto con una actividad asalariada, al considerar que el trabajador ha sufrido una pérdida de poder adquisitivo durante los últimos años, en los que el colectivo ha sufrido rebajas salariales y congelaciones, que hace necesaria una interpretación más flexible de la regulación sobre incompatibilidades en el sector público.

Se trata de un agente de la Guardia Urbana que quería compaginar esta actividad principal con otra como abogado y que había demandado al Ayuntamiento de Barcelona. El consistorio le había negado esta posibilidad por silencio administrativo en aplicación la Ley 53/1984 sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Según explica la sentencia, fechada el pasado 19 de marzo, la regulación señala que en los supuestos de incompatibilidad por desempeño de otra actividad en el sector privado, caben dos supuestos. El primero, que ambas actividades sean la misma, aunque en diferentes ámbitos, lo que sería incompatible.

Para el resto de las actividades privadas que no tengan nada que ver con la que se desempeña en la función pública la regla general es la compatibilidad, pero se exige su previo reconocimiento, algo que no hizo el Ayuntamiento de Barcelona. El juez menciona una serie de sentencias previas que dieron vía libre a este tipo de compatibilidad e incluso jurisprudencia del Tribunal Supremo que ratificaba la posibilidad de ejercer la abogacía a un agente de la Guardia Civil, cuerpo en el que la restricción es todavía mayor a la de los policías locales.

La diferencia en este caso es que el juez argumenta que "la función pública española ha retrocedido a los niveles retributivos propios de los años 2003 y anteriores", con una caída de entre el 8 y el 20 por ciento, desde la primera congelación salarial en 1996, para cumplir los criterios de convergencia para la entrada en el euro, pasando por la bajada salarial de entre el 5 y el 10 por ciento, en mayo de 2010, y continuando con las sucesivas congelaciones, con lo que ya no es una "remuneración suficiente".

CSI-F ve una puerta abierta en todo el sector público

Actualmente hay en España más 246.000 miembros de la Policía Nacional, la Guardia Civil, policías autonómicas y locales, según datos del Ministerio del Interior.

A raíz de esta sentencia, el sindicato de funcionarios CSI-F propone al Gobierno, en primer lugar, que compense a los empleados públicos por la pérdida de poder adquisitivo y, en segundo lugar, que flexibilice la aplicación de la Ley de Incompatibilidades con criterios más razonables y acordes a la realidad social.

CSI-F reclama la apertura del diálogo social en las administraciones públicas para dar carpetazo a los recortes de manera definitiva y establecer una hoja de ruta para compensar el esfuerzo realizado por los empleados públicos de manera paulatina a la recuperación.
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