El Tribunal redujo la condena por apreciar la atenuante de drogadicción

Multa de 240 euros por amenazar con "sacar la navaja" a varios médicos
Exteriores de la Audiencia de Málaga.


27 feb. 2017 18:00H
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La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena a un hombre por amenazas cuando los médicos no le dejaron ingresado en una unidad psiquiátrica de un centro médico de la capital. No obstante, la Sala rebaja la pena de multa impuesta inicialmente por el juzgado, al estimar la atenuante de drogadicción.

Los hechos sucedieron en julio de 2016. Según se declaró probado por el juzgado, y consta en la sentencia de la Audiencia, el acusado fue a un centro médico para ser ingresado en la unidad de agudos de psiquiatría y se le realizó un valoración de su estado.

Una vez hecho ese estudio, los médicos consideraron que no era necesario ser ingresado, lo que motivó que el acusado comenzara a "ponerse muy agresivo y violento, comenzando a autolesionarse, propinándose cabezazos contra la mesa y amenazando con seguir haciéndose daño".

Asimismo, amenazó a los denunciantes, a lo que les dijo: "Como no me dejéis ingresado voy a sacar la navaja que tengo en el bolsillo y os voy a rajar como unos cerdos de arriba abajo".

Por estos hechos, se condenó al hombre por un delito leve de amenazas y se le impuso una pena de multa de tres meses, con una cuota diaria de ocho euros, lo que suponía el pago de 720 euros, prohibiéndole comunicarse o acercarse a menos de 500 metros de los denunciantes durante seis meses. La sentencia fue recurrida por la defensa, alegando que no se había valorado la alteración psíquica que sufre su defendido, solicitando la absolución o, subsidiariamente, la aplicación de una atenuante o eximente.

La Sala de apelación estima parcialmente el recurso, al considerar que, aunque no se llevó al juicio una verdadera prueba forense sobre su imputabilidad, "tanto de su anómalo y agresivo comportamiento como del propio informe de alta de urgencia se extrae que al menos en esos momentos tuvo que padecer algún tipo de alteración psíquica".

Dicha alteración se debió, señala el Tribunal, "fundamentalmente, aunque probablemente no exclusivamente, a su adicción al consumo de drogas", que aparece en dicho informe médico. Esta circunstancia lleva a la Sala a concluir que "al menos sus facultades debían estar algo mermadas, lo suficiente como para estimar una atenuante".

Por esto, se mantiene la condena por un delito leve de amenazas, pero se aprecia la atenuante de drogadicción, por lo que se rebaja la pena impuesta a un mes de multa, con una cuota diaria de ocho euros; es decir, el pago de 240 euros.
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