Entrada a la Audiencia Nacional - Europa Press.
El juez de la
Audiencia Nacional (AN) Francisco de Jorge se ha dirigido a las autoridades alemanas para que valoren si la
declaración de concurso de acreedores del fabricante de un medicamento para las operaciones de retina se hizo para que cobrasen algunos acreedores en vez de los perjudicados por este fármaco, lo que podría constituir un delito de insolvencia punible.
En un auto, recogido por Europa Press, el titular de la Plaza 1 del Tribunal Central de Instancia se dirige a Alemania por si la actuación de
la ya disuelta empresa Alamedics GMBH pudiera conllevar responsabilidad penal, que habría sido cometida en ese país.
El origen de esta causa se encuentra en la
querella de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, admitida en febrero de 2024, contra las tres empresas que fabricaron, comercializaron y vendieron
el producto Ala Octa para las operaciones de retina y que podrían haber causado pérdidas de visión en los usuarios de este medicamento.
El instructor recuerda que los informes periciales aportados a la investigación, basados en análisis de laboratorio, han permitido determinar que la causa por la que algunas partidas del medicamento resultaron tóxicas se debió a un
inadecuado proceso de fabricación del producto sanitario, en el que los graneles de materias primas empleadas no se conservaron en condiciones adecuadas, ni se practicaron análisis ni filtrados que hubiera impedido el paso de materias degradadas o contaminadas a la cadena de fabricación.
"Aceleraron el proceso concursal"
Según relata el magistrado, poco después de conocerse la toxicidad de algunos lotes del producto y la orden de cese de su comercialización en España,
los administradores legales de la empresa instaron el concurso de acreedores de la mercantil fabricante.
Alegaron como motivo, explica, el
daño reputacional sufrido, pero no incluyeron ninguna referencia a los previsibles créditos en favor de los perjudicados. "Más bien, al contrario, aceleraron el proceso concursal para que otros acreedores cobrasen sus créditos en perjuicio de los lesionados", indica.
Dicha solicitud de concurso de acreedores, con omisión de los créditos a favor de los lesionados y
ocultando que la causa de la crisis de la empresa no era el daño reputacional sino los graves daños causados a los pacientes que recibieron el medicamento, apunta el juez, podría ser constitutiva de un delito de insolvencia punible, cometido en Alemania y de competencia exclusiva de sus autoridades.
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