La jurisprudencia recoge que los contagios son inevitables en muchas ocasiones



11 abr. 2013 18:36H
SE LEE EN 2 minutos

Ricardo Martínez Platel / Imagen: Pablo Eguizábal. Madrid
Contraer una enfermedad hospitalaria no es un factor decisivo para estimar una pretensión de responsabilidad patrimonial si no existe una actuación contraria a los protocolos o una desatención en las medidas de prevención, según han explicado los expertos que ha participado en el Foro Sanidad y Derecho,  que se celebra en el Hospital de La Paz.

Inés Huerta, magistrada presidente de la sección octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El número de procedimientos invasivos que requieren los pacientes o las patologías de base con las que ingresan son algunas de las causas por las que ha habido un aumento de infecciones nosocomiales en las últimas décadas. Sin embargo, no es suficiente constatar el origen intrahospitalario de una infección para concluir la reprochabilidad de la sepsis al funcionamiento médico , sino que es necesario acreditar el incumplimiento del estándar de rendimiento que permite el conocimiento para detectar la presencia del elemento causante de la infección. 

Inés Huerta, magistrada presidente de la sección octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha recordado que la obligación no es de resultados, sino de medios, por lo que el desarrollo de los protocolos se antoja fundamental.

Vicente Monge, jefe de Servicio de Medicina Preventiva del Hospital Ramón y Cajal, ha reconocido que las infecciones "no se pueden evitar ", por lo que hay que tratar de minimizar los riesgos. En este aspecto ha coincidido María Angels Figuerola, médico de la Unidad de Vigilancia del Hospital de la Princesa, que ha comentado que el ingreso en un hospital "siempre conlleva el riesgo de desarrollar una infección".  

La magistrada Huerta ha señalado que dado que el riesgo de infección no se puede evitar por completo, es a la Administración a quien le incumbe la carga probatoria de se hallaba prevista y que se aplicaron adecuadamente las medidas preventivas y de profilaxis.

Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.