Una cosa es que la persona afectada no pueda regirse por sí misma, ni administrar su patrimonio y otra que no pueda ejercer el sufragio correctamente



3 jul. 2013 15:32H
SE LEE EN 2 minutos

Redacción. Madrid
El Tribunal Supremo ha rebajado la incapacitación total que la Audiencia Provincial de Ourense impuso a un hombre que sufre esquizofrenia paranoide sustituyéndola por una parcial, dado que en este segundo régimen el enfermo mantendrá algunos derechos fundamentales, entre ellos el del sufragio.

La sentencia no considera adecuado privar al incapacitado del derecho del voto, porque una cosa es que la persona afectada no pueda regirse por sí misma, ni administrar su patrimonio y otra que no pueda ejercer el sufragio correctamente.

La Sala Civil del Supremo ha estimado así el recurso que el propio afectado y el Ministerio fiscal presentaron para que se modificase la extensión de la incapacidad declarada judicialmente y para que se interpretase ésta a la luz de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad firmada en Nueva York en 2006. El afectado por la resolución padece una minusvalía en el 65 por ciento de sus capacidades por enfermedad mental crónica (esquizofrenia paranoide), que se agrava porque no es consciente de su discapacidad y, consiguientemente, rechaza el tratamiento psicofarmacológico, con el consiguiente deterioro de él y de su vida.

La Audiencia Provincial de Ourense declaró la incapacidad total de esta persona ante sus escasas habilidades de autocuidado a fin de garantizar su adecuada alimentación y tratamiento y también el control de su enfermedad, su adaptación social en la medida de lo posible y la buena administración de su patrimonio.

Ahora el Supremo confirma una gran parte de esa incapacidad ante la situación del enfermo para supervisar el cuidado de sí mismo y de su patrimonio, entregando a un curador su destino tanto en la supervisión del tratamiento o de su patrimonio, del cual se le asignará al enfermo un dinero de bolsillo. Pero deja a salvo de ese control algunos derechos, como el del voto.

 

Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.