Anula los puntos de un real decreto que rebajaba la condición de delineante y afirma que medidas de este tipo tienen que estar justificadas



29 dic. 2015 16:27H
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Redacción. Madrid
El Tribunal Supremo ha estimado el recurso del Consejo General de los Colegios Profesionales de Delineantes contra el Real Decreto 103/2014 que degradaba la profesión de delineante y ha anulado los puntos 13 y 14 de dicha ley al considerar que una decisión como el degradar una profesión colegiada debe estar justificada y tenga una fundamentación objetiva según dicta el artículo 9.3 de la Constitución.
 

Carlos Lesmes, presidente del Tribunal Supremo.

Esta sentencia sienta el precedente de que para acometer una decisión como la de degradar una profesión debe hacerse con motivaciones objetivas y justificadas. Esta decisión sienta jurisprudencia sobre la necesidad de fundamentar la rebaja de profesiones colegiadas, como las sanitarias.

En este sentido, da la razón al Consejo General de los Colegios Profesionales de Delineantes que reclaman la supresión de los puntos 13 y 14 de la citada ley que para equiparar el reconocimiento de las cualificaciones profesionales al entorno europeo tras la adhesión de Croacia a la Unión Europea.

Esta norma degradaba sin explicación la categoría de la reconocida en el artículo 19.3 de la ley de cualificaciones profesionales, que destaca la necesidad de realizar un ciclo de estudios postsecundarios con duración mínima de un año, a la reconocida en el 19.2 en la que para ejercer es necesario superar un un ciclo de estudios secundarios. En el caso de médicos, enfermeros y farmacéuticos la categoría es la recogida en el 19.5 que exige un ciclo formativo postsecundario de al menos cuatro años.
 
Por otra parte, el Tribunal Supremo ha hecho una referencia a que “la participación de los Colegios Profesionales en la elaboración de las normas que se refieran a las condiciones de ejercicio de la profesión constituye una exigencia ineludible, cuya omisión acarrea la nulidad de pleno derecho de la disposición administrativa correspondiente”. Es punto indica que, en caso de retomarse la idea de establecer una Ley de Colegios, el Gobierno debería contar con el punto de vista de los mismos para su desarrollo.

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