¿El Covid es una enfermedad laboral?


El Gobierno de España, mediante la publicación de un Real Decreto Ley en el Boletín Oficial del Estado establece la consideración de "contingencia profesional derivada de accidente de trabajo las enfermedades padecidas por el personal que presta servicio en centros sanitarios o socio-sanitarios como consecuencia del contagio del virus SARS-CoV2 durante el estado de alarma". 

Según detalla el documento, se considerará enfermedad profesional el contagio de coronavirus que se haya producido desde que la Organización Mundial de la Salud declaró la pandemia internacional (11 de marzo) hasta que las autoridades sanitarias levanten todas las medidas de prevención aprobadas para hacer frente al nuevo coronavirus. 

Además, los servicios de Prevención de Riesgos Laborales deberán acreditar que los profesionales sanitarios y socio-sanitarios, que deben constar en los registros oficiales, se han contagiado mientras trabajan por haber estado expuestos al nuevo coronavirus Covid-19. Sólo así se considerarán derivadas de accidente de trabajo.

Dicha acreditación, detalla el Gobierno, deberá haberse expedido dentro del mismo periodo de referencia, esto es, desde la declaración de la pandemia hasta que se levanten los mecanismos de prevención impulsados por el Gobierno. 

Llegado el caso en el que el profesional sanitario muriese a consecuencia del nuevo coronavirus Covid-19, se prevé que la causa es accidente de trabajo "siempre que el fallecimiento se haya producido dentro de los cinco años siguientes al contagio de la enfermedad y derivado de la misma". 

¿Qué pasa si me contagio de Covid-19 en el trabajo y no soy sanitario?


Además, cualquier trabajador no sanitario que se haya contagiado o esté en cuarentena por culpa del nuevo coronavirus tiene derecho a cobrar la prestación de baja por incapacidad temporal. Eso sí, para que su patología sea considerada como accidente laboral a todos los efectos, los empleados tienen que demostrar que su contagio se ha producido en el trabajo.

De esta forma, podrán beneficiarse de prestaciones ligadas a la consideración de accidente laboral, como el reconocimiento de una incapacidad permanente, indemnizaciones previstas en convenios colectivos o pensiones de viudedad u orfandad.

¿Qué hago si tengo que aislarme por el coronavirus?


En el caso de los trabajadores tengan que cumplir un aislamiento preventivo por coronavirus, este tiempo se considerará como incapacidad temporal por enfermedad común. Sin embargo, de cara a la prestación económica, se asimilará de forma excepcional como contingencia de accidente de trabajo.

Tal y como señala Seguridad Social, corresponde a los respectivos Servicios Públicos de Salud de las comunidades autónomas emitir los partes de baja y confirmación. 

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