Alfredo Fernández, perito de la OCV.

Alfredo Fernández, perito de la OCV.

Veterinaria

La historia clínica, escudo veterinario ante la incidencia sanitaria: "No obviarla ni en las actuaciones rutinarias"

La sentencia de una veterinaria tras fallecer un perro tras la administración de una vacuna recuerda la importancia de documentar cualquier proceso, independientemente de su tipo.

El nacimiento tardío del peritaje veterinario: "Muchos casos de maltrato se archivan porque no se ilustran bien"

Publicada

3.350 euros. Esa es la cifra que deberá pagar una veterinaria al propietario de un perro fallecido poco después de recibir la vacuna contra la rabia. La curiosidad se halla en que el animal no murió por una reacción al tratamiento, pese a que la profesional empleó viales de dos laboratorios distintos. Una sentencia que puede hacer que algunos clínicos duden a la hora de inocular e, incluso, decidan no prestar este servicio. Sin embargo, la resolución judicial revela un fallo cometido por la demandada que habría cambiado el desenlace del caso y ampararía a cualquier sanitario ante una situación similar: información e historial clínico.

"Al no tener documentación, no se sabe si se advirtió de las singularidades que tenía la aplicación del tratamiento para ese paciente concreto", ha explicado el perito de la Organización Colegial Veterinaria (OCV), Alfredo Fernández, a Redacción Médica. Hay que recordar que el animal, ya en edad geriátrica, padecía una afección cardiaca y otra hepática, desconocidas por su dueño al no haber provocado síntomas. Es más, estas fueron descubiertas tras la muerte del perro.

El peritaje realizado no descarta que la defunción fuese consecuencia de la cardiopatía del animal. Sin embargo, el tribunal incide en la razón por la que no se informó al propietario sobre los riesgos que conllevaba vacunar al animal. "Para la detección de estas patologías se requieren pruebas especiales, que, por norma general, no se llevan a cabo antes de la administración de una vacuna", ha señalado Fernández.

No obstante, reconoce que la profesional debería de haber comentado al dueño los posibles efectos adversos y, sobre todo, que iba a inyectar dos productos de diferente firma. También la posibilidad de llevar a cabo pruebas adicionales para determinar la salud del paciente. "En este sentido, los veterinarios prejuzgamos a la persona y pensamos que no va a querer gastarse tanto dinero. Pero, siempre hay que plantearlo", ha asegurado Fernández. Esta conversación tendría que haber quedado registrada en el historial clínico del animal, donde también se apuntaría que el perro no presentaba síntomas de ninguna enfermedad tras la realización de una exploración básica, además de su edad.

"Cualquier profesional capacitado para aplicar un medicamento y con competencia prescriptora debe informar adecuadamente al cliente, anotarlo en los historiales clínicos, proponer la firma del consentimiento por parte del usuario en caso de un posible efecto secundario y garantizar la trazabilidad de ese documento por si alguien quiere evaluar la intervención", ha enumerado el perito. Haber seguido todos estos pasos favorecería la exoneración de la veterinaria de cualquier responsabilidad.

Obligación de llevar un historial clínico

En España no existe ninguna normativa que obligue específicamente a los veterinarios a elaborar un historial clínico a cada paciente. No sucede lo mismo que en el caso de la Medicina humana, donde la Ley de Autonomía del Paciente exige a los sanitarios su construcción, seguimiento y actualización.

Sin embargo, los profesionales de la Veterinaria tampoco escapan de esta función. El artículo 20 del Código Deontológico de la OCV determina que toda actuación debe quedar registrada por escrito en una historia o ficha clínica, definida como un documento médico-legal. Asimismo, el Real Decreto 666/2003, que regula la prescripción y dispensación de fármacos veterinarios, y la Ley del Medicamento obligan a dejar constancia rigurosa en el historial de los tratamientos aplicados o prescritos y su pauta de uso. Además, la Ley de Protección de Datos establece que las clínicas deben custodiar dichos escritos de forma segura y que los propietarios de los animales puedan solicitarlos sin necesidad de justificar el motivo.

Temor a una menor vacunación

El perito recalca que el problema tras este caso, y en el que se centra la sentencia, se halla en la falta de información por parte de la veterinaria y la posibilidad de acreditar la existencia de esta conversación por la carencia de historial clínico. Razón por la que llama a la calma en el sector sobre la posibilidad de ser demandados, ya que siempre se puede acreditar la buena praxis a través de la documentación -siempre que se haya actuado de manera correcta-. "No hay que cesar en la vacunación, porque es una de las herramientas más valiosas que tenemos”, ha aseverado. “España es un país libre de rabia y, por ende, de su transmisión a humanos gracias a la protección que hacemos de los animales", ha agregado.

Así, el ejercicio veterinario siempre debe ir acompañado de historia clínica e información, independientemente de la intervención. "Todos los actos clínicos son importantes, desde una vacuna hasta una cirugía medular, ya que sus consecuencias pueden ser igual de fatales. Lo rutinario requiere del mismo cuidado que lo extraordinario", ha sentenciado.