Manifestación de sindicatos médicos ante el Ministerio de Sanidad.
La jubilación anticipada médica abre el debate sobre guardias y descansos
Sindicatos del gremio reclaman un sistema que haga computar en la vida laboral su trabajo extra por jornadas de 24 horas
La aprobación del anteproyecto de ley para reformar el Estatuto Marco en el Consejo de Ministros ha reavivado el prolijo debate en torno a las guardias médicas y a la jubilación anticipada. Más allá de que los sindicatos del gremio pongan en duda que, tal y como afirma el Ministerio de Sanidad, la nueva norma elimine las jornadas de 24 horas limitándolas a 17 como máximo, los facultativos también reclamanun sistema que tenga en cuenta el tiempo de más trabajado durante una guardia respecto a una jornada completa estándar para, así, poder adelantar su edad de jubilación.
Redacción Médica aclaró ya algunos conceptos al respecto para ayudar a arrojar luz al debate, pero conviene seguir ahondando en el asunto dada su enjundia. En España, y así lo ha recordado el Gobierno por activa y por pasiva, el cómputo de tiempo trabajado para que una persona pueda retirarse profesionalmente no se cuenta en horas trabajadas cada día, sino en días trabajados o, mejor dicho, en días dado de alta en la Seguridad Social. Hablando de jornada completa, quien trabaja ocho horas al día cotiza por ese día completo, al igual que cotiza por un día un médico que haga una guardia de 24 horas, a pesar de que, en tiempo efectivo, haya trabajado el triple de horas. De igual modo se cotiza por un día durante las jornadas completas de descanso, incluidas las libranzas obligatorias de 24 horas posteriores a una guardia.
Lo que dicen los sindicatos médicos es que, si una guardia de 24 horas equivale a tres jornadas completas, esa suerte de excedente de dos días debería ir acumulándose a lo largo de los años para que, en la vida laboral, constara como tiempo de trabajo extra de cara a poder adelantar la edad de jubilación. Pero parte del quid de la cuestión es lo ya comentado: las 24 horas de descanso posterior a una guardia también cuentan para la vida laboral como día cotizado. Haciendo una cuenta simple, el extra de cotización efectiva reclamado por los médicos se quedaría, por tanto, en un día, no en dos. Aunque el asunto no puede medirse únicamente desde una perspectiva aritmética.
El cómputo de las horas nocturnas
Por eso este último aspecto es “matizable” para CESM, uno de los sindicatos médicos impulsores de la huelga contra la reforma del Estatuto Marco que defiende Sanidad. Su secretario general, Víctor Pedrera, explica a Redacción Médica que son varios los condicionantes a tener en cuenta al respecto. Uno de ellos es el cómputo de las horas trabajadas durante la noche. “A las enfermeras, que trabajan por turnos, las 10 horas nocturnas les cuentan como 12 y media”, expone como ejemplo.
Pero desde el Sindicato de Enfermería Satse recuerdan lo apuntado antes: que la Seguridad Social en España cuenta los días de cotización en días naturales trabajados o en alta, pero no en función de horas ponderadas, ni en el Sistema Nacional de Salud ni en el resto de sectores. “Aunque una noche pueda tener un coeficiente horario superior (por ejemplo, 1,25 o similar a efectos internos, organizativos o retributivos), eso no se traduce en más días de alta en Seguridad Social”, remarcan a este periódico.
El sindicato enfermero insiste en que la finalidad principal del factor de ponderación de la noche es “reducir la jornada anual exigible, pero no aumentar los días de cotización”. “Es decir, una noche trabajada computa más que una hora ordinaria a efectos de calcular cuántos turnos debes realizar al año”, explican fuentes de la organización. Ese factor, añaden, es variable en el Sistema Nacional de Salud. “A veces está afectado a la baja según el número de noches realizadas e incluso no se aplica a todo el turno sino a las propias horas nocturnas, es decir, ni siquiera es homogéneo en los distintos servicios de salud”, detallan. Lo que sí aumenta con los pluses de nocturnidad, turnicidad, festivos o guardias es la base de cotización, pero eso no influye en un posible adelanto de la jubilación.
CESM, a la espera de un gesto del Gobierno
Más allá de la letra pequeña, Pedrera reconoce que CESM no tiene una propuesta concreta para articular un modelo de cotización de las guardias médicas que favorezca la jubilación anticipada. “Con las guardias, un médico trabaja, de media, cinco o seis años más de horas obligatorias que cualquier otro trabajador, y no cuentan para la vida laboral. Lo que hemos hecho nosotros es pedir al Gobierno que cuenten, pero no cuánto. Si lo aceptara, veríamos cómo hacerlo”, concluye.