EDITORIAL
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30 abr. 2014 19:15H
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El Real Decreto 81/2014, por el que se establecen normas para garantizar la asistencia sanitaria transfronteriza, es una de las grandes novedades legislativas del año, que trata de ordenar la movilidad de los pacientes de la Unión Europea y establecer unas reglas que faciliten el acceso a una asistencia segura y de alta calidad. Una primera aproximación a la norma y su contenido parece dejar, sin embargo, más interrogantes que certezas.

Según se ha puesto de manifiesto en una jornada organizada por este periódico en Alicante, dirigida a directivos de salud de la Comunidad Valenciana, el decreto abre un nuevo escenario en el Sistema Nacional de Salud con un doble impacto: asistencial y económico. Según la experta Pepa Burriel, profesora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Barcelona, la asistencia transfronteriza, justificada en el hecho de 35 millones de europeos que viajan cada año, podría representar alrededor de un 1% del gasto público sanitario de la UE, es decir, unos 10.000 millones de euros. Estas cifras son suficientemente importantes como para que la nueva normativa no sea considerada como una materia accesoria o directamente residual.

Cabe preguntarse en primera instancia, mirando de fronteras hacia dentro, si habrá muchos ciudadanos españoles interesados en recibir asistencia en otros países de la UE. Si partimos de la impresión generalizada y mil veces pronunciada por los más diversos (sobre todo, políticamente) portavoces del sector de que la sanidad española es de las mejores del mundo, no habría mucho margen de recorrido para esta posibilidad. Sin embargo, sí es posible pensar que ante el repunte de las listas de espera, circunstancia generalizable a la mayoría de servicios de salud, debida seguramente a los efectos de la crisis y los recortes, podría derivarse que algunos pacientes acudieran a otros países para acortar la demora en su operación o diagnóstico. En cualquier caso, hablaríamos de posibilidades y planteamientos por confirmar.

El núcleo de la norma es la regulación sobre el reembolso de los gastos por asistencia y la autorización previa a los asegurados, ámbitos en los que ya existía una norma, aprobada en 2004, aunque demasiado amplia. Y aquí también cabe hacerse la pregunta de si el cumplimiento de estos trámites incrementará la carga administrativa y, en definitiva, asistencial de los servicios autonómicos de salud. Por no ir más allá y advertir que, tal y como están ahora mismo las finanzas de la sanidad, es posible que un aumento de las obligaciones asistenciales aumentaría de inmediato la deuda pública y el déficit y, por qué no, pondría en peligro la tan citada sostenibilidad del sistema. Aunque, bien es cierto que este flujo de pacientes extra podría compensarse con los nacionales que, hipotéticamente, pudieran acudir a otros países y aliviaran así las listas propias.

Para arrojar algo más de luz en este planteamiento excesivamente teórico, en España contamos con una evidencia sostenida con datos y con la tradición indiscutible de uno de nuestros más importantes sectores productivos: el turismo. Cada año son más los europeos que eligen nuestro país como destino de sus vacaciones y, en algunos casos, como residencia temporal y que reconocen que uno de sus argumentos de elección es el sistema sanitario que se les brinda. En efecto, en enero de 2011 más de 2,5 millones de europeos habían fijado su residencia en España, de los que medio millón era mayor de 55 años. Sin embargo, y aquí empiezan los problemas, España facturó a poco más de 100.000 pensionistas extranjeros por conceptos sanitarios, cuando el padrón desvela que había en ese momento más de 230.000. ¿Acaso la diferencia se justifica en que estaríamos ante personas que no hacen ni un solo uso de la sanidad española, ni siquiera la adquisición de un medicamento? Parece una opción poco probable. Tanto es así que el Tribunal de Cuentas ya registró un desfase por este concepto de más de 900 millones de euros en 2009.

Esta es sin duda una de las razones que justificaron la aprobación del cambio de aseguramiento en el polémico Real Decreto-ley 16/2012, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, que sigue marcando la falta de consenso entre las dos principales formaciones políticas.

Pero las dudas que genera la asistencia transfronteriza no solo afectan a la sanidad pública. La privada se mantiene expectante, en previsión también de un incremento de la asistencia a extranjeros, que pudiera obligar a clínicas y hospitales a dar un salto cualitativo en sus actuales prestaciones y quién sabe si en sus niveles de calidad y capacitación tecnológica y humana, respondiendo a lo que, a simple vista, bien podría parecer una buena oportunidad de negocio.

Otros problemas que no resuelve el Real Decreto, ni tampoco la directiva europea en la que se apoya, es la convergencia de los diferentes modelos de receta de los distintos países. En este sentido, la pregunta que plantea la experta Burriel es tan aparentemente simple como directamente demoledora: ¿Quién asumirá los costes de una traducción para entender la historia clínica o al paciente de otro país que quiera recibir tratamiento en España? ¿Son esos costes imputables al precio final de la asistencia que se preste? No se sabe, no hay, de momento, respuesta. Entre otras cosas porque la memoria económica que acompañaba al real decreto fue publicada y retirada pocos días después, quizá por las mismas dudas que su alcance le generó al legislador.

Para colmo de incertidumbres, la industria farmacéutica ha anunciado un recurso contencioso-administrativo debido a que, según algunas compañías, la nueva norma obligaría a una modificación generalizada de todos los tipos de receta en España.

En definitiva, la asistencia transfronteriza es una gran novedad en el panorama legislativo sanitario de 2014, aunque, de momento, parece plantear muchas más interrogantes y problemas que certezas y ventajas.
 

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