Nuestro Sistema Nacional de Salud (SNS), desde su formalización a través de la Ley General de Sanidad de 1986 y su actualización y refuerzo en 2008 con la ley de Cohesión y Calidad, sufre lo que llamaríamos una parálisis por el análisis.

Prácticamente todos los análisis coinciden en que los elementos que presionan el quehacer de la atención sanitaria y de los medios disponibles son el incremento multifactorial de la demanda expresada, la inflación específica del sector y las ineficiencias de muchos de los instrumentos de gestión aplicados.

Como también hay universal coincidencia en un cúmulo de reformas estructurales que pasan por la organización del sistema, su financiación, la adecuación de su cartera de servicios, el modelo de gestión asistencial, el papel de los profesionales, la gestión de la demanda y la prestación farmacéutica.

Parece también que impulsar reformas legislativas sea la vía más importante con que abordar todos los retos a que el SNS se enfrenta. Pero como a veces gobernar parece que es hacer oposición a la oposición, esas reformas no llegan. Como tampoco llegan cuando hacer oposición no se entiende también como gobernar.

Y podemos asistir a propuestas y debates que ya tienen solución en los marcos reguladores vigentes. Faltan seguramente reformas, pero también aplicación de todo lo que permite el marco regulador vigente de nuestro SNS.


La gobernanza en el Consejo Interterritorial


La gobernanza del SNS no está en el Parlamento en primera instancia. La Ley General de Sanidad y la de Cohesión y Calidad la sitúan en el Consejo Interterritorial. En este se pueden tomar todos los acuerdos pertinentes y recomendaciones que, por obligada aplicación o por su toma en consideración por los oportunos ámbitos competentes, permitan afrontar los retos preservando los valores de universalidad, equidad y solidaridad.

En muchos casos, muchas de las acciones pueden tener amparo, de hacerse una lectura rigurosa del marco regulador vigente.

La introducción de una nueva prestación diagnóstica o terapéutica debería conllevar la obligación política de su financiación, sea por vía de la financiación autonómica o con la creación de un fondo de garantía para la innovación.

Mientras disponemos de una Comisión de Salud Pública debidamente regulada, dependiente del Consejo Interterritorial y encargada de coordinar las estrategias de prevención, promoción y vigilancia a nivel nacional, debatimos la creación de una Agencia de Salud Pública sin plantearnos su aportación o su refuerzo, si procede.

Para ello hay que ir abandonando el concepto de equidad únicamente ligado a la accesibilidad geográfica o a la uniformidad de procedimientos. No se trata de tener como objetivo principal un Calendario Vacunal. Se trata de que el porcentaje de población vacunada y la reducción de las morbilidades sea equitativa.


Modelo retributivo y servicios hospitalarios


La tendencia uniformadora de la vinculación de las condiciones laborales y retributivas de los profesionales también podrían tener salida en un modelo retributivo, no necesariamente salarial, en que el reconocimiento sea igual por lo que uno es, distinto por lo que hace uno con lo que es y diferente por como hace lo que hace cada uno con lo que es.

Como también parece fuera de lugar seguir hablando de externalización de los servicios hospitalarios cuando nos referimos a los centros sanitarios privados integrados funcionalmente en los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas. El marco normativo así lo determina y promueve proponiendo que la política sanitaria de todas las Administraciones Públicas contemple la creación de una red integrada de hospitales del sector público. A esta se vincularán los hospitales privados que, obviamente cumpliendo con características homologables, presenten servicios a cargo del Servicio de Salud autonómico correspondiente y respondan ante éste.

Hay que respetar el concepto de Servicio Público y no desvirtuarlo. Un Servicio Público es aquel que le corresponde prestar al Estado y que lo hace con medios propios o conveniados según las circunstancias. Una opción u otra siempre deberá estar legitimada por los resultados que deberían ser públicos y elaborados por un organismo independiente dentro de la administración.

Si no se da la voluntad política de la Administración Central y de las Comunidades Autónomas de liderar desde el Consejo Interterritorial la gobernanza del SNS, ejecutando al máximo los marcos reguladores de los que este dispone, poco podemos esperar encontrarlo en el poder legislativo. El Consejo Interterritorial requiere seguramente de una reforma de actitud de sus integrantes.

Podríamos enumerar muchas iniciativas llevadas a cabo en las CCAA bajo denominación de Plan Especial o Prueba Piloto que teniendo encaje en el marco regulador vigente podrían alcanzar una plena normalidad en el Conjunto del SNS con una adecuada gobernanza.