No equivale a un pronunciamiento sobre la licitación de Radiología



12 feb. 2013 11:39H
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Redacción. Logroño
La Consejería de Salud y Servicios Sociales de La Rioja ha aclarado que "la suspensión cautelar del procedimiento es una medida habitual realizada por el Tribunal Central de Contratación Administrativa cuando existen diversos recursos contra una licitación".

Nieto, consejero.

Desde la Consejería se ha respondido de esta forma a las manifestaciones realizadas por UGT, ante la decisión del Tribunal Central de Contratación Administrativa en relación con el concurso para la contratación de servicios de radiología. "Es decir -añade-, la suspensión cautelar no equivale a un pronunciamiento por parte del  Tribunal Central de Contratación Administrativa ni sobre la legitimidad de los recurrentes, ni sobre el procedimiento del recurso, ni sobre el fondo mismo de los recursos presentados".

Para la Consejería de Salud y Servicios Sociales, "la actitud de UGT y del resto de entidades y particulares que han recurrido el concurso, no obedece en modo alguno a un interés por mejorar la atención sanitaria que reciben los ciudadanos ni las condiciones de los profesionales que la prestan".

Recalca que "simplemente se trata de una lucha basada en intereses políticos, sindicales y meramente personales". La Consejería de Salud y Servicios Sociales espera que "el proceso, al margen de estas pugnas personales y sindicalistas, se pueda resolver lo antes posible para poder garantizar a todos los ciudadanos la prestación del servicio sanitario, que lógicamente es su único objetivo".

 

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