Se pretende evitar el potencial epidémico de las enfermedades infectocontagiosas a través del diagnóstico en la población diana



18 ene. 2013 13:05H
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Redacción. Las Palmas de Gran Canaria
La Consejería de Sanidad ha publicado la Orden 208 de 14 de diciembre de 2012, por la que se acuerda la puesta en marcha de las actuaciones en materia de promoción de la salud, la prevención de la enfermedad y la prestación de asistencia sanitaria, dirigidas a personas extranjeras no autorizadas ni registradas como residentes en territorio español, que carecen de recursos económicos suficientes.

Brígida Mendoza, consejera de Sanidad.

Los interesados deben presentar la siguiente documentación: fotocopia del pasaporte completo; fotocopia del libro de familia, cuando se posea, o equivalente; certificado de bienes y rentas de su país de origen; copia de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas del último ejercicio fiscal del solicitante y de los miembros de la unidad familiar obligados a presentarla en su país de origen o procedencia; certificado de carecer de recursos económicos en su país de origen; certificado de bienes, emitido por la Dirección General del Catastro, y certificado de renta de las personas físicas, emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

El objetivo de este conjunto de actuaciones es mejorar el nivel de salud de personas extranjeras no residentes en territorio español, así como facilitar el acceso a la asistencia sanitaria básica, que incluirá los cuidados de urgencia y el tratamiento básico de las enfermedades.

También se pretende evitar el potencial epidémico de las enfermedades infectocontagiosas a través del diagnóstico en la población diana y prevenir el aumento de los índices de enfermedad en la población diana.

Los solicitantes deberán ser mayores de edad, no tener derecho a la condición de asegurado ni de beneficiario reconocido por el INSS y estar empadronado en un ayuntamiento de Canarias, con una antigüedad igual o mayor a un año.

Asimismo, las personas incluidas en el ámbito subjetivo del conjunto de actuaciones deberán presentar en los tres primeros meses de cada año una declaración responsable sobre el cumplimiento de los criterios de renta exigidos para la inclusión.

 

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