La directiva prohíbe los cigarrillos de sabores, aplaza a 2020 el veto a los mentolados



26 feb. 2014 14:40H
SE LEE EN 3 minutos
Redacción. Estrasburgo
El pleno de la Eurocámara ha aprobado este miércoles de forma definitiva -por 514 votos a favor, 66 en contra y 58 abstenciones- la nueva directiva de productos del tabaco, que obligará a aumentar el tamaño de las advertencias sobre los riesgos de fumar hasta cubrir el 65 por ciento de la superficie frontal y posterior de los paquetes de cigarrillos, en lugar del 40 por ciento en la actualidad.

El comisario de Salud, Tonio Borg.

Las nuevas advertencias sanitarias, que deberán combinar texto e imágenes, deberán colocarse en la parte de arriba de los paquetes, lo que relega la marca a la parte inferior. El texto final diluye la propuesta original de la Comisión Europea, que pedía ampliar las advertencias sanitarias hasta el 75 por ciento de la superficie de las cajetillas. Ahora será ratificado por los Veintiocho el 14 de marzo y los Estados miembros dispondrán de dos años para introducirlo en sus respectivas legislaciones nacionales.

La directiva prohíbe también los cigarrillos con sabores, como fresa o vainilla, aunque éstos sí se permitirán para las pipas de agua. También exige la eliminación de los mentolados, pero autoriza un periodo transitorio total de 6 años, de forma que estos no desaparecerán del mercado hasta 2020. El objetivo es hacer que los productos del tabaco resulten menos atractivos, en particular para los jóvenes.

La directiva no prohíbe los cigarrillos ultrafinos (de menos de 7,5 milímetros de diámetro) como proponía Bruselas, pero sí veta los paquetes con menos de 20 cigarrillos.

Regulación de los cigarrillos electrónicos

La directiva autoriza que los cigarrillos electrónicos sigan estando disponibles en el mercado y no se vean restringidos a las farmacias. En todo caso, deberán ser regulados ya sea como productos médicos, si se alega que tienen propiedades curativas o preventivas, o como productos de tabaco. En este caso, no deberán contener una concentración de nicotina de más de 20 mg/ml.

Se permiten los cartuchos rellenables, aunque la Comisión podrá prohibirlos si los vetan al menos tres Estados miembros. Un cartucho deberá contener el equivalente en nicotina a un paquete de cigarrillos. Los cigarrillos electrónicos tendrán que ser a prueba de niños, deberán llevar advertencias sanitarias y estarán sometidos a las mismas restricciones en materia de publicidad que el resto de productos del tabaco.

Los Estados miembros podrán prohibir la venta a distancia transfronteriza a través de Internet de productos de tabaco. En aquellos países donde no esté prohibida, los vendedores deberán seguir reglas de notificación más estrictas y utilizar un sistema de verificación de edad.

ENLACES RELACIONADOS:
Los ‘lobbys’ logran suavizar la directiva del tabaco (08/09/13)
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.