Afectará a la Atención Primaria, la Especializada, el transporte sanitario no urgente, las prestaciones farmacéuticas de dispensación hospitalaria a pacientes ambulatorios; y la atención sanitaria en urgencias, emergencias y transporte sanitario urgente



1 jun. 2013 21:49H
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Redacción. Zaragoza
La presidenta de Aragón, Luisa Fernanda Rudi, y el su homólogo de la Generalitat de la Comunidad Valenciana, Alberto Fabra, han firmado un nuevo protocolo por el que se estimula y promueve una estrecha colaboración en sus respectivos ámbitos competenciales, y, en especial, en los relativos a la sanidad. El objetivo que persigue el acuerdo es el de promover el intercambio y el aprovechamiento de las experiencias de cada una de las comunidades, aprovechando su proximidad geográfica en beneficio de la sociedad. “Esperamos poder seguir poniendo en común otros asuntos que beneficien a los habitantes de ambas regiones” ha dicho Rudi. Por su parte, el presidente de la Generalitat de la Comunidad Valenciana, Alberto Fabra, ha explicado que “lo que pretendemos es sumar, evitar duplicidades y ser capaces de poder generar un marco de consenso, de acuerdo y de colaboración”.

Luisa fernanda Rudi, presidenta de Aragón, y Alberto Fabra, de la Comunidad Valenciana.

Una comisión de seguimiento velará por el desarrollo de los puntos contemplados en este protocolo. La formarán dos miembros de cada una de las respectivas consejerías de las partes firmantes y dos miembros de los respectivos departamentos adscritos a la presidencia de cada una de las partes. La vigencia del protocolo es de dos años.

En Sanidad, el objeto de las actuaciones de colaboración entre ambas Comunidades Autónomas en esta materia pretenden:

- Facilitar la accesibilidad de la atención sanitaria primaria y especializada más cercana para los pacientes de zonas limítrofes de ambas comunidades.

- Promover la garantía efectiva de los derechos de los ciudadanos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Sanidad y en la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.

- Asegurar la coordinación de los dispositivos sanitarios con el fin de lograr un beneficio recíproco para las actuaciones de los sistemas sanitarios de ambas Comunidades Autónomas.

- Compartir la experiencia y el conocimiento en cuestiones que afecten a la viabilidad, consolidación y mejora de ambos servicios de salud.

- Promover el marco para la implicación conjunta de los profesionales sanitarios de ambas Comunidades así como para facilitar el intercambio de conocimientos teóricos.

Estas actuaciones serán de aplicación en las zonas básicas de salud de Sarrión, Mora de Rubielos y Mosqueruela del sector Teruel; en las zonas de Cantavieja, Mas de las Matas y Valderrobres del sector Alcañiz del Servicio Aragonés de Salud (Salud); y en las zonas básicas de salud de Ademuz, Titaguas, Forcall y Morella de la Agencia Valenciana de Salud.

Materias reflejadas:

1. Atención Primaria de salud
2. Atención Especializada
3. Transporte sanitario no urgente.
4. Prestaciones farmacéuticas de dispensación hospitalaria a pacientes ambulatorios.
5. Atención sanitaria en urgencias, emergencias y transporte sanitario urgente.

Atención Primaria de salud

Los ciudadanos de las zonas geográficas limítrofes de las dos Comunidades podrán ser atendidos por profesionales sanitarios pertenecientes a los servicios de salud de ambas Comunidades en las poblaciones referidas a continuación. En estos casos, la atención sanitaria y todas las consecuencias que de ella se deriven serán consideradas, con carácter general, como actividades propias de los servicios de salud donde el paciente ha sido atendido.

Residentes en Aragón que recibirán asistencia primaria en la Comunidad Valenciana:

*        Zona de salud de Forcall

Desde el centro de salud de Forcall se prestará atención a los usuarios de La Cuba y de sus entidades de población.

*        Zona de salud de Titaguas

Desde el centro de salud de Titaguas se prestará atención a los usuarios de Abejuela y de sus entidades de población.

Residentes en la Comunidad Valenciana que recibirán asistencia primaria en Aragón

*        Centro de salud de Valderrobres

Desde el Centro de Salud de Valderrobres se prestará atención a los usuarios de Herbés.


Atención especializada ambulatoria y hospitalaria, programada

La atención especializada que se preste en el ámbito de este convenio tendrá carácter integral.

Los habitantes de las poblaciones que se detallan en este apartado podrán ser atendidos en los centros hospitalarios de la Comunidad Valenciana o de la Comunidad de Aragón que le sean de referencia.

En todo caso para recibir asistencia se tendrán que seguir los procedimientos establecidos por la comunidad autónoma que presta el servicio.

Para no interrumpir la continuidad del proceso asistencial, se facilitará, en su caso, el flujo de información de cada paciente correspondiente a la historia clínica o cualquier otra información de interés para la gestión del caso.

Residentes en Aragón que podrán recibir asistencia especializada en la Comunidad Valenciana

*        Zonas básicas de salud de Mosqueruela, Mora, Mas de Las Matas y Valderrobres

Para la prestación de la asistencia en radioterapia, los usuarios de las zonas básicas de salud de Mosqueruela, Mora, Mas de Las Matas y Valderrobres podrán ser atendidas en el Consorcio Hospital Provincial de Castellón por razones de proximidad geográfica y/o accesibilidad.

Para la prestación de la asistencia en rehabilitación los usuarios de la entidad singular de población de Castelvispal (perteneciente al municipio de Linares de Mora) y del municipio de Puertomingalvo   podrán ser atendidos en el centro de salud de Vall d’Alba, los usuarios del municipio de Torre de las Arcas podrán ser atendidos en el centro de salud de Morella.

*        Zona básica de salud de Sarrión

Los usuarios de Abejuela y de sus entidades singulares de población asignadas podrán recibir asistencia sanitaria especializada en centros sanitarios de la Comunidad Valenciana, principalmente en el Hospital Arnau de Vilanova.

Los usuarios de Arcos de las Salinas y Torrijas podrán optar por recibir asistencia en el Hospital Obispo Polanco de Teruel o en el Hospital Arnau de Vilanova de Valencia.

Todos los usuarios de los municipios de la zona básica de salud de Sarrión, podrán ser atendidos para recibir asistencia en radioterapia en el Hospital Clínico de Valencia por motivos de proximidad geográfica y/o accesibilidad.

Para la prestación de la asistencia en rehabilitación los usuarios de Arcos de las Salinas y Abejuela podrán ser atendidos en el centro de salud de Segorbe.

*        Zona básica de Cantavieja

Los usuarios de La Cuba y sus entidades de población asignadas podrán recibir asistencia sanitaria especializada en centros sanitarios de la Comunidad Valenciana, principalmente en el Hospital de Vinaroz.

Todos los usuarios de los municipios de la zona básica de salud de Cantavieja podrán ser atendidos para recibir asistencia en radioterapia en el Consorcio Hospital Provincial de Castellón por motivos de proximidad geográfica y/o accesibilidad.

En caso de necesitar rehabilitación los usuarios de la Cuba podrán ser atendidos en el centro de salud de Morella y los usuario de La Iglesuela del Cid y Mirambel podrán ser atendidos en el Centro de Salud de Vall d’Alba.

Residentes en la Comunidad Valenciana que podrán recibir asistencia especializada en Aragón

*        Herbés

Los usuarios de la población de Herbés podrán recibir la atención especializada en centros sanitarios de la Comunidad de Aragón.

*        Zona de salud de Rincón de Ademuz

Los usuarios de las poblaciones de Ademuz, Torrebaja, Castielfabib, Casas Bajas Vallanca, Casas Altas y Puebla de San Miguel podrán recibir atención especializada en el Hospital Obispo Polanco de Teruel. Para las especialidades que no existan en la cartera de servicios de dicho hospital serán atendidos en el Hospital Arnau de Vilanova.


Transporte sanitario no urgente.

El transporte sanitario no urgente será prestado preferentemente por la Comunidad Autónoma donde reside el paciente.

No obstante, en casos de dificultad derivados de la organización de los servicios, circunstancias meteorológicas o cualesquiera otros, la prestación de este servicio quedará garantizada por cualquiera de las Comunidades firmantes, bien directamente o a través de las empresas proveedoras del servicio cuando esté externalizado.


Prestaciones farmacéuticas de dispensación hospitalaria a pacientes ambulatorios

Los fármacos hospitalarios a pacientes ambulatorios podrán dispensarse en el hospital que haya realizado la prescripción. Si así fuera, la comunidad autónoma que realice la dispensación facturará el importe de dichos fármacos a la comunidad de origen del paciente.

Atención sanitaria en urgencias, emergencias y transporte sanitario urgente.

La Comunidad Valenciana y el Gobierno de Aragón colaborarán en la resolución de las urgencias y emergencias sanitarias con los recursos de atención urgente más adecuados al tipo de incidente y disponibles en cada momento.

La comunicación y colaboración entre los Centros de Coordinación de Urgencias y Emergencias Sanitarias de ambas comunidades autónomas, 061 en Aragón y Centro de Información y Coordinación de Urgencias (CICU) de Valencia y Castellón en la Comunidad Valenciana, será estrecha en todos aquellos incidentes que así lo requieran.
 

 

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