La Comunidad Valenciana prepara un decreto ley para cubrir vacantes sin cobertura durante al menos 3 meses continuados

Primera ley para el salto MIR a bolsa de empleo sin acabar la residencia
El consejero de Sanidad de la Comundiad Valenciana, Miguel Mínguez.


21 may. 2022 18:45H
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POR JESÚS MEDIAVILLA
La Generalitat valenciana prepara una ofensiva para tratar de cubrir el máximo posible de plazas de difícil cobertura. Según ha sabido Redacción Médica, el Govern trabaja ya en un decreto ley que busca atraer a los jóvenes talentos y ofrecerles una oportunidad laboral. Para lograrlo, ofrecerá a los MIR que aún no hayan terminado su periodo de residencia la posibilidad de instar su inscripción en las listas de reserva de selección de personal temporal.

Para poder inscribirse, la normativa, a la que ha tenido acceso este diario y que supone la primera regulación vía decreto de esta materia en España, establece que podrán hacerlo con una antelación de tres meses a la finalización de su programa formativo, “con el fin de ser candidatos de ofertas a través de la bolsa de trabajo”. Esto será posible siempre que cuenten con una evaluación favorable de la Unidad Docente y a la “ausencia de candidatos inscritos disponibles de la categoría/especialidad”.

Esta iniciativa no es la primera que ha prosperado en España, pero sí es pionera por proponerse vía decreto ley. Andalucía y Madrid también han dado pasos en esta dirección tras llegar a acuerdos en Mesa Sectorial. Además, en el caso madrileño, esta ventaja se limita exclusivamente a los médicos de Familia y médicos de Atención Primaria, mientras que en la Comunidad Valenciana la norma irá destinada a todos los MIR. 


La retribución adicional en estas plazas consistirá en el 50 por ciento de la cuantía aplicable en concepto de atención continuada



Entre otras medidas, el proyecto de decreto de la Comunidad Valenciana, que aún podría sufrir alguna modificación antes de su aprobación por el Govern, introduce tres ejes: incentivos para las plazas de difícil cobertura, el concepto de 'alianza estratégica' y la prestación voluntaria de guardias fuera del ámbito del nombramiento del personal.

Además de lo anteriormente explicado, y en virtud de la nueva norma, cubrir una plaza de difícil cobertura comportará una serie de beneficios, como, por ejemplo, la reducción del tiempo de permanencia necesario en cada grado para la progresión en la carrera profesional; ventajas de puntuación en los procesos de selección y provisión, así como prioridad en la participación de actividades formativas y de investigación.

Además, se introducirá el modelo de 'alianza estratégica', la fórmula por la que los recursos asistenciales se desplazarán donde esté el paciente, y no al revés; así como la posibilidad de realizar guardias voluntarias allí donde sean necesarias.


¿Cuáles son los puestos de difícil cobertura?


El proyecto normativo avanza que se considerarán puestos de difícil cobertura todas aquellas plazas que habiendo agotado todos los procedimientos de selección y provisión previstos en la normativa aplicable, permanezcan vacantes sin cobertura durante al menos 3 meses continuados en los últimos 12 meses.

También lo serán las de aquellas categorías en el que el número de solicitudes de inscripción en la bolsa de trabajo del propio departamento sea insuficiente para la cobertura de la prestación de la asistencia sanitaria. Asimismo, todas las que también determine la Dirección General con competencias en la planificación de la asistencia sanitaria, tomando en consideración cualquier otra circunstancia que dificulte su cobertura.


Retribución extra del 50% de la jornada ordinaria


El proyecto del decreto fija que el personal que desempeñe su trabajo tanto en el ámbito al que está adscrita originalmente la plaza como en el centro respecto del que se comparten recursos percibirá, por esta circunstancia, una retribución adicional, que tendrá lugar exclusivamente por cada hora de realización de trabajo efectivo en el centro compartido.

Si se trata de la prestación de jornada ordinaria, esta retribución complementaria se calculará tomando en consideración la totalidad de retribuciones fijas y periódicas del puesto (sueldo, complemento de destino y complemento específico), en cuantía anual, dividido por las horas de jornada ordinaria efectiva general anual, lo que determinará un valor/hora, cuyo 50 por ciento constituirá el componente variable del complemento específico del puesto que será percibido por cada hora de jornada ordinaria prestada en el centro compartido.

Cuando se trate de jornada complementaria, la retribución adicional consistirá en el 50 por ciento de la cuantía aplicable en concepto de atención continuada o guardia por cada hora de jornada complementaria realizada en dicho centro compartido.


El personal estatutario podrá realizar de forma voluntaria la prestación de jornada complementaria de guardia o atención continuada



Puntos extra y acceso a la carrera profesional


En lo que a medidas de incentivación en los procesos de selección y provisión para promover el acceso y permanencia en puestos de difícil cobertura se refiere, además de incentivar a los MIR a cubrir estos puestos, también se prevé incorporar, tanto en la selección de personal temporal como de estatutarios, una puntuación complementaria por los servicios prestados en las plazas declaradas de difícil cobertura.

Asimismo, el profesional que se encuentre desempeñando durante dos años ininterrumpidos un puesto declarado de difícil cobertura, podrá activar la situación de “Disponible Especial” para poder ser candidato de ofertas de otras vacantes de la misma categoría y/o especialidad, en los Departamentos de Salud que haya seleccionado en su solicitud de inscripción en la bolsa de empleo correspondiente.

El decreto también recoge una serie de beneficios respecto al acceso a la carrera profesional. Por ejemplo, desempeñarse en un puesto de difícil cobertura por un período de dos años supondrá la obtención del máximo de créditos previsto en dicha área. Además, por un período de dos años supondrá la obtención del máximo de créditos previsto en dicha área y por cada tres meses de servicios prestados continuados en una de estas plazas, se reducirá en un mes el tiempo de permanencia necesario para el acceso a dichos grados, con una reducción máxima de 12 meses para cada grado.


Prioridad formativa y guardias extra voluntarias


Por si fuera poco, el Govern prevé recoger un paquete de medidas de incentivación en relación con acciones en materia formativa. Así, los profesionales en puestos de difícil cobertura tendrán prioridad para la participación en actividades formativas directamente relacionadas con su actividad profesional, con el fin de promover la actualización de sus conocimientos y habilidades y mantener su formación en niveles altos de calidad. También tendrán prioridad para participar en los proyectos de investigación relacionados con su actividad profesional, que se desarrollen en el Departamento de Salud al que estén adscritos.

El personal estatutario de las categorías de personal médico y de enfermería podrá realizar de forma voluntaria la prestación de jornada complementaria de guardia o atención continuada en un ámbito distinto al propio de su nombramiento, aunque en este no se halle prevista dicha prestación.

Esta posibilidad solo tendrá lugar cuando en una determinada unidad sea necesaria la prestación de jornada complementaria de guardia o atención continuada y no se cuente con personal suficiente del propio centro, ni a través de los procedimientos de cobertura establecidos.
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