La Ley 1/2025, de 15 de abril, de la Generalitat contiene las medidas extraordinarias en sanidad aprobadas en Les Corts

La GVA busca atraer MIR y prolongar el servicio médico activo por la dana
El conseller de Sanidad de la Generalitat Valenciana, Marciano Gómez.


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La Generalitat Valenciana desgrana las medidas extraordinarias en sanidad tras la dana aprobadas en Les Corts. La Ley 1/2025, de 15 de abril, de la Generalitat de medidas extraordinarias en materia de personal del Sistema Valenciano de Salud y, de organización, gestión y prestación de servicios sanitarios y educativos, para dar respuesta y favorecer la recuperación después de las graves inundaciones acontecidas el 29 de octubre de 2024, en la Comunidad Valenciana, contiene un amplio abanico de iniciativas, que afectan desde los MIR hasta los médicos a punto de jubilarse.

En cuanto a las medidas de movilidad temporal extraordinaria, se encuentra la posibilidad de que el personal estatutario pase a prestar servicios en instituciones ajenas a la Conselleria de Sanidad, de manera semejante a lo que ya disponía el precedente Decreto ley 13/2004 respecto del personal funcionario de la administración del Consell en cuanto a su correspondiente ámbito.

Además, el capítulo II aborda la posibilidad de movilidad extraordinaria geográfica y funcional del personal, con respecto de sus derechos básicos, optando siempre por el uso preferente de procedimientos de movilidad ordinarios, ya presentes en las normas de gestión del personal sanitario, y por la voluntariedad antes de optar por aquellos instrumentos extraordinarios. No obstante, la normativa señala que "con la incorporación de los nuevos elementos de gestión no se pretende ni se prevé un uso masivo o significativo de éstos, apartando a la gestión ordinaria, sino de manera racional y medida cuando sea imprescindible para dotar al esfuerzo de recuperación de los elementos necesarios".

Por su parte, el capítulo III establece unas medidas de reconocimiento de la prestación de servicios en las zonas afectadas. "Los efectos de las inundaciones han provocado y todavía provocan en determinados centros de trabajo, singularmente del ámbito de Atención Primaria, centros de salud y consultores auxiliares, difíciles condiciones de trabajo, no solo en lo material sino también en lo emocional. Por dicho motivo es ajustado establecer medidas de compensación y reconocimiento de esta tarea, por lo que se disponen días adicionales de libranza por el trabajo desempeñado y se atribuye una valoración singular de esos periodos a distintos efectos", reza la normativa.

Fidelización MIR y prolongación del servicio


Asimismo, se crea un Programa de carácter temporal de fidelización de especialistas en Ciencias de la Salud. Esta iniciativa está dirigida a graduados especialistas en Ciencias de la Salud tras la obtención de la correspondiente especialidad, al haber finalizado el periodo de residencia en virtud del cual se podrán expedir nombramientos temporales de uno a tres años de duración, dependiendo de la especialidad, y conforme a lo establecido en la legislación básica estatal para el nombramiento de personal estatutario temporal.

La creación de categorías profesionales busca la incorporación de nuevos perfiles ya que "resulta imprescindible en la medida en que las tareas de recuperación exigen para su implementación de nuevas herramientas tecnológicas que, dadas su vocación de eficiencia administrativa, debe implicar que pese a ser una medida de carácter extraordinario, nada obste a su permanencia en el tiempo".

Finalmente, también se extiende la prolongación en activo hasta los 68 años, como las dos medidas anteriores, persiguen el objetivo de disponer del máximo número de efectivos que puedan acometer el conjunto de actividades necesarias para la recuperación de la normalidad en el tiempo más breve posible. En este sentido, la prolongación voluntaria de permanencia del servicio activo permitirá que las personas solicitantes de primera prórroga puedan extender la duración del periodo de prolongación en activo hasta los 68 años.

"Esta medida tiene como finalidad contar con el máximo de profesionales de categorías deficitarias para así poder garantizar la continuidad y la calidad de la prestación asistencial. Asimismo, se promueve con esta medida la posibilidad de contar con profesionales con amplios conocimientos y experiencia acumulada de gran valor para afrontar las tareas de recuperación", recoge la normativa.
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