Permitía el acceso gratuito a la asistencia de inmigrantes irregulares



29 ene. 2013 13:56H
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Marta Vera, consejera de Salud.

Cristina Mouriño.
El Decreto Foral 117/2012 por el que se establecía el procedimiento y las condiciones para el acceso a las prestaciones del Régimen de Universalización de la Asistencia Sanitaria Pública en la Comunidad de Navarra ha quedado suspendido cautelarmente tras la decisión del Tribunal Constitucional de admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno central.

De esta manera queda suspendido de forma cautelar el decreto que el Gobierno foral aprobó con la intención de garantizar la cobertura sanitaria a los inmigrantes en situación irregular  que acreditasen al menos un año de residencia en la Comunidad foral, falta de recursos económicos e inexistencia de antecedentes penales.

El alto tribunal ha acordado, además, dar traslado de la demanda y documentos presentados al Gobierno de Navarra al objeto de que en el plazo de 20 días aporte cuantos documentos y alegaciones considere convenientes.

El Ejecutivo navarro ya ha anunciado su intención de presentar alegaciones ante la decisión del Tribunal Constitucional. Según el Departamento de Salud, la suspensión no afecta a las personas que han visto reconocida su inclusión en el régimen de universalización mediante resolución. Además, la suspensión de los efectos del Decreto Foral 117/2012 hace que se pueda aplicar el Decreto Foral 640/1996 original, lo que genera que se pueda reconocer la asistencia al régimen de universalización en los términos en los que estaba antes.

Esto es, acceso a la atención demostrando el año de residencia (sin excepciones), sin posibilidad de fraccionar el pago y con las cuantías anteriores establecidas en 1996. Por su parte, la suspensión no afecta a la Orden Foral de subvenciones de Políticas Sociales, con lo cual se podrán seguir concediendo subvenciones, aunque, de acuerdo con la aplicación del antiguo DF 640/1996, la cuantía de la ayuda será menor.

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