El texto incluye como principales novedades la flexibilización horaria y regula la atención farmacéutica a domicilio

Madrid aprueba la nueva Ley de Farmacia y la traslada a la Asamblea
Enrique Ruiz Escudero, consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid.


20 abr. 2022 12:20H
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POR JESÚS MEDIAVILLA
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprueba este miércoles la nueva Ley de Ordenación y Atención Farmacéutica con la finalidad de establecer un nuevo marco normativo que se adapte a las nuevas necesidades del sector, ya que no se actualizaban las leyes que lo rigen desde el año 1998. El texto se registrará oficialmente este jueves en la Asamblea de Madrid y se trasladará a la Mesa el lunes que viene. Posteriormente, se abre el plazo para presentar enmiendas a la totalidad, que durará al menos dos semanas. Así que, según ha podido saber Redacción Médica de fuentes parlamentarias, en torno a la tercera semana de mayo será sometida a votación, en función de lo que se dilaten los plazos.

Las principales novedades de la nueva ley de Farmacia, y tal y como ha adelantado este diario, es que flexibilizará la apertura durante veinticuatro horas y regulará la atención farmacéutica a domicilio que podrán prestar las casi 3.000 oficinas de farmacia que existen actualmente en la Comunidad de Madrid. La norma ha sido elaborada por la Consejería de Sanidad y recoge las aportaciones de ciudadanos y profesionales del sector.

El objetivo, en cualquier caso, es dar respuesta a las necesidades actuales de la población para crear una farmacia más moderna y cercana al paciente. Así, ha diseñado “acorde con la realidad sanitaria madrileña, incorporando los cambios producidos, fortaleciendo el papel asistencial de dichos establecimientos farmacéuticos y de los profesionales”, según reza el texto de la memoria del análisis del impacto de la norma que acompaña a la orden de tramitación del anteproyecto.


Novedades de la nueva ley de Farmacia de Madrid


El proyecto de ley avanza en la flexibilización horaria, con una franja fija y una variable de apertura, que puede llegar hasta las veinticuatro horas del día para facilitar la adquisición de cualquier producto, a la vez que reconoce la singularidad de aquellas oficinas situadas en municipios de menos de 2.000 habitantes donde el horario ordinario y oficial podrá ser de 35 horas semanales y realizarse de forma continuada.

Una de las principales medidas que recoge la norma es la atención farmacéutica domiciliaria, una prestación que está destinada a los usuarios con unas características y necesidades asistenciales específicas, con pérdida de autonomía funcional y exigencias de cuidados por enfermedades crónicas, con dificultad o impedimento para desplazarse a la farmacia de su elección.

Este servicio amplía la dispensación de medicamentos y productos sanitarios con entrega informada en casa que realizará personal de las oficinas de farmacia con las garantías de control y calidad exigidas a estos establecimientos, para lo que se desarrollará reglamentariamente el procedimiento a seguir y los sistemas de comprobación necesarios y, en ningún caso, esa dispensación con entrega informada a domicilio podrá suponer un incremento del coste de los medicamentos.


Una norma que escucha al sector


En cualquier caso, se quiere cerrar la puerta al ‘delivery’, algo que venía reclamando, en otras voces autorizadas del gremio, Manuel Martínez del Peral, presidente del Colegio de Farmacéuticos de Madrid (COFM). El consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, ha escuchado y recogido el guante, asegurando que se “cierra la puerta” a esta posibilidad. Así, ha reivindicado del texto "la importancia inequívoca de los profesionales en el acto de dispensación" y ha recalcado que esta dispensación domiciliaria mejora la cercanía al paciente y humaniza la atención que recibe.

En cuanto a la atención farmacéutica en centros de servicios sociales de carácter residencial de menos de cien camas -en régimen de asistidos que presten asistencia sanitaria específica y no cuenten con farmacia hospitalaria-, dispondrán de un depósito de medicamentos vinculado a un servicio de farmacia del área sanitaria o a una oficina de la Comunidad de Madrid para dar respuesta a las necesidades de una población especialmente sensible y vulnerable que demanda un alto grado de seguridad.

Además, y entre otros aspectos, recoge e incorpora mejoras para facilitar la eliminación de medicamentos caducados o no utilizados por parte de los ciudadanos a través de sistemas de recogida autorizados, reforzando así la protección del medio ambiente.
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