Una sede de la Consejería de Sanidad de Madrid.
El Servicio Madrileño de Salud (
Sermas) ha publicado una resolución para
corregir errores y omisiones detectados en el procedimiento ordinario de
carrera profesional correspondiente al año 2024, una medida que afecta a 220 profesionales del sistema sanitario público madrileño.
La
resolución, firmada por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Sermas, modifica el anexo de una resolución anterior, de 3 de junio de 2025, en la que se procedía al reconocimiento o denegación de los
niveles 1, 2, 3 y 4 de carrera profesional.
Según el texto oficial, la Administración sanitaria autonómica ha detectado errores y omisiones en el listado original, lo que ha motivado la publicación de un nuevo anexo, que
sustituye íntegramente, cuando procede, a los registros anteriores y
recoge exclusivamente a los profesionales afectados por la corrección.
Los 220 trabajadores incluidos en este anexo pertenecen a un amplio abanico de categorías profesionales. Entre el personal licenciado sanitario figuran
médicos de familia de Atención Primaria,
pediatras de Atención Primaria, facultativos especialistas en
Cirugía Ortopédica y Traumatología, médicos de Urgencias Hospitalarias y facultativos especialistas en Pediatría y sus áreas específicas. También aparecen
enfermeros y enfermeras, enfermeras especialistas obstétrico-ginecológicas (
matronas) y
fisioterapeutas.
Asimismo, el listado corregido incluye personal de Formación Profesional del área sanitaria y de gestión y servicios, como
técnicos medios sanitarios en cuidados auxiliares de enfermería, técnicos medios sanitarios en farmacia, técnicos superiores de laboratorio, técnicos superiores en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear, técnicos superiores en Radioterapia y Dosimetría, técnicos superiores de Anatomía Patológica y personal del grupo auxiliar administrativo de la función administrativa.
Los motivos del Sermas para denegar la carrera profesional
Para cada profesional, la resolución detalla el centro de destino, la categoría, el nivel de carrera reconocido o denegado y, en caso de denegación,
el motivo concreto, identificado mediante códigos.
Los motivos de denegación recogidos en el documento incluyen la falta de cinco años de servicios prestados en la categoría, la falta de cinco años de servicios prestados, la falta de cinco años desde el nivel anterior, la falta del mínimo requerido de créditos totales, la falta de créditos de actividad asistencial, la falta de créditos de formación, la falta de evaluación del responsable, la falta de evaluación completa del centro, no estar en servicio activo, no prestar servicios efectivos en la categoría, no acreditar el nivel anterior, no aportar la documentación de créditos requerida, presentar la solicitud o documentación fuera de plazo, faltar la solicitud o documentación, estar fuera del ámbito de aplicación de la carrera profesional del Sermas, estar fuera del ámbito de aplicación del anexo correspondiente, tener vinculación funcionarial o laboral no incluida, tratarse de personal directivo sin vinculación estatutaria, tener ya reconocido el nivel máximo posible o tener el nivel ya reconocido anteriormente.
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