La Administración gallega valorará los méritos de los residentes causados hasta el 15 de octubre de este año

Los MIR del covid modifican las listas de personal temporal del Sergas
Residentes se forman en un hospital.


El Servizo Galego de Saúde (Sergas) prepara sus listas de selección temporal de 2027. Para ello, los sindicatos de la Mesa Sectorial de Negociación del personal estatutario del Sergas (CIG, CSIF, CCOO y UGT) y la Dirección General de Recursos Humanos firmaron hace escasos meses un pacto suscrito por ambos agentes.

Un acuerdo que concreta las bases a tener en cuenta en la selección de personal estatutario temporal del sistema público de salud de Galicia. Aunque ya se publicó el 29 de abril en el Diario Oficial de Galicia (DOG), este mismo lunes, se puede observar una modificación en el mismo que afecta directamente a los MIR.

Y es que la resolución publicada modifica la fecha de valoración de requisitos y méritos para la actualización de las listas de personal temporal con requisito de acceso de especialidad sanitaria.

Lo hace de forma excepcional con motivo de la finalización en el mes de julio de 2026 de un determinado colectivo de residentes que, por el retraso generado durante la pandemia del covid, inició con demora su formación sanitaria especializada. Hechos que se suman a la posible dilación en la publicación de las listas definitivas de las categorías de enfermeros especialistas correspondiente al ciclo del año 2025.

Es decir, en la actualización de todas las listas de selección temporal del Sergas que se llevan a cabo a lo largo del año 2027 se tendrán en cuenta todas las inscripciones realizadas hasta el 31 de octubre de 2026 y se valorarán todos los méritos causados hasta el 15 de octubre de 2026. De esta forma, los residentes afectados podrán registrar una actividad acorde a su periodo de formación.

Pacto de selección temporal del Sergas


Concretamente, el pacto es de aplicación a todos los nombramientos temporales que resulte necesario formalizar en las diversas categorías estatutarias en el ámbito del Sistema público de salud de Galicia, bajo las modalidades establecidas en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.

El seguimiento del mismo será efectuado por una Comisión Central, con sede en los servicios centrales del Sergas, y por las comisiones periféricas de área sanitaria que se constituyan.
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