El Consello de Goberno ha aprobado el decreto que regula también los depósitos de medicamentos

 Alfonso Rueda, presidente de la Xunta de Galicia, después del Consello de Goberno.
Alfonso Rueda, presidente de la Xunta de Galicia, después del Consello de Goberno.


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El Consello de Goberno de la Xunta ha aprobado esta mañana definitivamente el Decreto por el que se regulan las unidades de farmacia y los depósitos de medicamentos en las estructuras de Atención Primaria del Servizo Galego de Saúde (Sergas), una vez incorporadas las aportaciones del Consello Consultivo de Galicia.

Este decreto, concretamente, actualiza la anterior normativa, el Decreto 176/2001, de 12 de julio, sobre la creación, apertura y funcionamiento de los servicios de farmacia y depósitos de medicamentos en el primer nivel asistencial, que ya quedó obsoleta. Además, con esta norma la Xunta procede al desarrollo reglamentario de la Ley 3/2019 de Ordenación Farmacéutica de Galicia, ofreciendo una regulación actualizada y copleta de la atención farmacéutica en las estructuras de Primaria.

Con este nuevo texto, el Ejecutivo gallego incorpora actividades clave vinculadas a la mejora de los resultados en salud de los pacientes para dar respuesta a las necesidad del sistema sanitario. Y es que esta aprobación se enmarca en el Plan Estratégico de Galicia 2022-2030, fortaleciendo una asistencia sanitaria accesible y de calidad.

Unidades de farmacia en Galicia


El nuevo decreto consta de 16 artículos distribuídos en cuatro capítulos dedicados respectivamente a las disposiciones generales, a las unidades de farmacia, a los depósitos de medicamentos y al procedimiento para la autorización de la creación y puesta en funcionamiento. 

Tal y como se recoge en el texto, la unidad de farmacia es el órgano a través del que se presta la atención farmacéutica en los centros sanitarios de Primaria en Galicia, cuyo principio básico de actuación es garantizar la mayor equidad posible en el acceso a las prestaciones en condiciones de igualdad efectiva. A tal efecto, se establece teniendo en cuenta la localización de los servicios, así como la población a atender, de tal manera que cada unidad de cobertura a una población aproximada de 25.000 habitantes, teniendo definida su demarcación territorial por el centro sanitario de Primaria que no esté localizado y los centros sanitarios de Primaria en los que se sitúan los depósitos vinculados a ella. 

Respecto a los depósitos de medicamentos, el decreto afirma que deberán constituirse en los centros sanitarios de Primaria que no dispongan de una unidad de farmacia propia y que estén vinculados a una unidad del área sanitaria correspondiente.

Ampliación del cribado de cáncer de pulmón 


Por otro lado, la Xunta ha decidido en el Consello ampliar el programa piloto de cribado de cáncer de pulmón a toda Galicia tras el éxito del programa realizado en el Área Sanitaria da Coruña e Cee. Después de evaluar los resultados del programa piloto implementado en el centro de salud del Ventorrillo, el Ejecutivo gallego extenderá el proyecto Lung-Gal a toda la comunidad con el objetivo de confirmar la eficacia y el impacto real del cribado del cáncer de pulmón. 

La Consellería de Sanidade comenzará este mismo mes de octubre a enviar los primeros SMS de invitación para completar unas encuestas que permitirán identificarse a los candidatos que van a participar en este proyecto. La Xunta invitará a 48.660 personas de entre 55 y 74 años a responder a una breve encuesta para conocer si son fumadoras o exfumadoras (con menos de 10 años de abstinencia) y si cuentan con una exposición tabáquica mayor o menos de 20 paquetes al año.

Dotada con una partida de 60.405 euros, la ampliación del programa piloto permitirá evaluar la eficacia clínica del cribado de cáncer de pulmón mediante temografía computerizada de baja dosis (TCBD), el impacto asistencial y de recursos que tendría en el sistema público, así como el nivel de factibilidad para su posible inclusión en la cartera de servicios en el futuro
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