Redacción. Santiago de Compostela
El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado Decreto 107/2011, de 19 de mayo, por el que se regula el contenido de los registros públicos de profesionales sanitarios y del Sistema de Información de Profesionales Sanitarios de Galicia. La normativa cuenta con cuatro ámbitos de aplicación: la administración, los colegios profesionales (además de los consejos autonómicos de médicos, fafarmacéuticos, químicos, enfermeiros), el resto de colegios profesionales, centros sanitarios públicos y privados y las mutuas de accidentes laborales.
Calidad y veracidad en la gestión
En cuanto a los objetivos de esta normativa, el documento recogido en el DOG tres: "garantizar a la ciudadanía el derecho a la información de la titulación de cada profesional y a la libre elección de los profesionales sanitarios"; facilitar el cumplimiento "del fin propio del organismo titular del registro" y colaborar con la Administración facilitando datos "que posibiliten o desenvolvemento de políticas no ámbito das respectivas competencias". Los titulares de estos registros deberán asimismo garantizar la actualización, calidad y veracidad de los datos y facilitarlos al Sipsg.
En cuanto a su gestión, el documento señala que se implantarán en soporte electrónica con "aplicaciones informáticas que permitirán que los datos deI anexo I tengan reflejo inmediato en el Sistema de Información de Profesionales Sanitarios de Galicia".