El Tribunal Superior justifica la decisión de no exigir el conocimiento de la lengua a médicos y enfermeros

La Justicia valida exigir a los celadores que pretenden trabajar para la sanidad pública de Baleares el conocimiento del catalán
Pasillo de un hospital.


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La Justicia valida exigir a los celadores que pretenden trabajar para la sanidad pública de Baleares el conocimiento del catalán, pero no para médicos y enfermeros. De hecho, considera que no es discriminatorio esta diferencia entre categorías profesionales. Así lo dictamina una sentencia a la que ha tenido acceso Redacción Médica del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB), que argumenta que la administración haya eliminado el requisito del catalán a determinados profesionales sanitarios para "garantizar la salud de las personas".

El Tribunal ha rechazado la demanda de dos profesionales que optaron a una plaza de celador en el Servei de Salut de Baleares (IB-Salut). Uno de los requisitos para acceder a las pruebas era tener posesión del título de B1 de catalán. Aunque ambos sanitarios habían estado trabajando con anterioridad en centros sanitarios públicos, ninguno pudo presentarse a las pruebas porque no pudieron facilitar el certificado del nivel requerido del idioma.

Los dos demandantes recurrieron a los tribunales, alegando algunos aspectos que consideraron irregulares en el proceso de oposición. Los sanitarios argumentaron que el requisito de B1 de catalán solo se debía exigir a los aspirantes externos que optaban a una plaza, mientras que a los que ya habían trabajado en la administración sanitaria debían estar exentos. Además, agregaron que durante el tiempo que estuvieron trabajando en la sanidad pública de Baleares nunca se les pidió que entregaran la titulación del idioma.

Asimismo, los dos sanitarios sostuvieron que se producía una situación ilegal de discriminación, porque a los celadores se les exigía el título de catalán, mientras que a los médicos y a las enfermeras no.

El conocimiento del catalán, tras el cambio realizado por el actual Govern de Marga Prohens y la consellera de Salut, Manuela García, pasó de requisito a mérito, es decir, ya no era una obligación. Sobre esta cuestión, el tribunal acepta la justificación de la administración, que ha tenido en cuenta que hay determinadas especialidades de Medicina que son catalogadas de difícil cobertura o de muy difícil cobertura.

Esto hace que sea más difícil encontrar a un aspirante si se le exige el título de catalán. Si no hay especialistas en una determinada área médica, esta situación repercute en la calidad de la sanidad que reciben los ciudadanos de las islas, según sostiene el Govern.  Por eso, la administración aprobó una moratoria de dos años para que los médicos o enfermeras puedan acreditar los conocimientos del catalán.

Diferencia con médicos y enfermeras


El Tribunal desarrolla que no es comparable la categoría de celador, con la de enfermera y mucho menos con la de médico, por lo que los requisitos para optar a una plaza dentro de la administración sanitaria no pueden ser los mismos.

En ese sentido, sobre la obligación impuesta a los celadores que optan a una plaza en la sanidad pública, el Tribunal entiende que la medida está más que justificada, porque responde al derecho del paciente a ser atendido en su lengua materna. "Es razonable exigir que, en los procedimientos administrativos que se tramitan completamente en catalán, todo el personal que tenga que intervenir tiene que contar con los conocimientos adecuados de esta lengua", señala la resolución judicial.

También apuntan los jueces que el nivel de conocimiento de la lengua propia que se exige a los futuros celadores es mínimo. "El nivel que se exige es el B1 que se corresponde con nivel umbral, por lo que exigir un nivel inferior sería como eludir el requisito previsto legalmente para el acceso a la función pública de Baleares", sentencian.
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