El Sindicato Médico pide la dimisión del consejero en funciones, Faustino Blanco



5 jun. 2015 14:32H
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Redacción. Madrid
El Tribunal Supremo ha fallado que la fijación de los servicios mínimos del cien por cien establecida por la Consejería de Sanidad de Asturias para las urgencias hospitalarias en las movilizaciones de octubre de 2012 vulneraron el derecho a la huelga.

Faustino Blanco.

El Supremo ha dictado una sentencia que confirma un fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que anuló el establecimiento de los servicios mínimos de Sanidad, según ha informado el Sindicato Médico Profesional de Asturias (Simpa) que, tras conocer la nueva resolución judicial, ha pedido la dimisión del consejero en funciones, Faustino Blanco.

El Simpa ha subrayado que el Supremo le vuelve a dar la razón sobre la falta de motivación de los “abusivos servicios mínimos”, que fueron del cien por cien de los facultativos en todos los dispositivos de urgencia.

Según el sindicato, un consejero de Sanidad socialista “no puede permanecer ni un segundo más en su puesto después que una sentencia del Tribunal Supremo le diga que ha vulnerado el derecho fundamental a la huelga de sus trabajadores”.

El Simpa reconoce que la sanidad es un “servicio esencial” por la “trascendencia que tiene el derecho a la vida e integridad de los pacientes”, lo que implica un “lógico sacrificio del derecho de huelga” a la hora de la fijación de los servicios mínimos, pero ha rechazado que se fijen unos del cien por cien “porque sí” y sin motivación alguna.

El sindicato añade que la fijación de unos servicios mínimos del cien por cien, que “impide por completo la realización del derecho de la huelga”, no se justificó “de ninguna forma en la resolución” con “datos concretos, de carácter técnico”, como parámetros relativos a la población asistida o el número de médicos por turno.
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