Los solicitantes deben estar empadronados en el Principado y no superar el umbral de renta establecido

 Concepción Saavedra, consejera de Salud del Principado de Asturias.
Concepción Saavedra, consejera de Salud del Principado de Asturias.


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El Principado de Asturias concederá hasta 100 euros para prestaciones oculares a menores de 12 años. Una iniciativa que tiene como finalidad financiar, por ejemplo, la compra de las gafas o las lentillas de los más jóvenes. Así se ha publicado este viernes en el Boletín Oficial de la región.

Concretamente, será subvencionable el gasto de adquisición de gafas graduadas para la corrección de defectos de visión no incluidas en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud (SNS) o, en su caso, en la cartera de servicios complementaria del Sistema Sanitario Público del Principado de Asturias. Eso sí, dicha prestación debe ser prescrita por un médico especialista en Oftalmología o indicada por un óptico-optometrista de ámbito privado o público.

Como se ha mencionado anteriormente, el importe máximo de la ayuda será de 100 euros al año por persona beneficiaria. Aun así, para recibirla se deberán cumplir ciertos requisitos.

Requisitos para recibir la ayuda económica


Entre ellos, estar empadronada o tener residencia efectiva en cualquier municipio asturiano, no superar la renta familiar y el umbral establecido o no estar incursos en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Para solicitar el abono, se debe presentar el documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante, el certificado de empadronamiento, la declaración responsable de la renta familiar y el fichero de acreedores debidamente cumplimentado, entre otros. El plazo máximo que tiene la Administración para resolver y notificar las solicitudes será de seis meses, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria

Por otro lado, habrá que justificar la compra realizada. Para ello, se deberá aportar la prescripción médico o informe optométrico que avale la necesidad de gafas, con datos del profesional que incluirán el número de colegiado, y la factura en la que figuren, además de los datos de la persona beneficiaria, los datos identificativos de la prestación ocular, así como la documentación acreditativa de su pago. 
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