Los especialistas de Radiodiagnóstico y Otorrinolaringología ya pueden consultar su destino definitivo

El SAS resuelve el concurso de traslados de 5 categorías sanitarias
Servicio Andaluz de Salud.


12 feb. 2024 10:30H
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El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ha publicado este lunes varias resoluciones de cinco concursos de traslados del Servicio Andaluz de Salud (SAS). Las categorías que cuentan ya con la provisión de plazas definitivas son: técnico superior en Nutrición y control de alimentos, facultativo especialista de Área Radiodiagnóstico y de Área Otorrinolaringología. Por otro lado, de manera provisional se han publicado los listados para facultativo especialitas de Área Análisis Clínicos y Cirugía General y Aparato Digestivo.

Las personas concursantes pueden consultar su destino en los tablones físicos o virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Consumo, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud. Las listas contienen la puntuación de los profesionales obtenido con el autobaremo de méritos presentado, la puntuación asignada por la Comisión de Valoración en cada uno de los apartados del baremo de méritos y la puntuación total obtenida. Asimismo, de ser excluidos del proceso, también se indica los motivos.

Concurso de traslados SAS


En el caso de los destinos provisionales, las personas aspirantes disponen de un plazo de 15 días hábiles desde este martes para formular alegaciones contra la misma. Asimismo, durante ese periodo de tiempo, las personas que han participado en los concursos de traslados podrán desistir de su participación en el mismo. Finalizado dicho plazo no se admitirán desistimientos. Las alegaciones, así como la solicitud de desistimiento, en su caso, deberán presentarse a través de medios electrónicos, debiendo formularse a través de la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC).

Por su parte, para los profesionales del SAS con destino definitivo, estos son irrenunciables a no ser que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública. En tal caso, deberá acreditarse dicha obtención mediante copia del Boletín Oficial en el que aparezca la adjudicación de destino o certificado expedido por el Centro que acredite que se ha efectuado la toma de posesión del mismo.
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