Pasarán del gravamen reducido al general, en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Europeo



20 jun. 2014 17:30H
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Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.

Redacción. Madrid
Los tipos IVA permanecerán como hasta ahora a partir del 1 de enero de 2015, aunque habrá determinados productos sanitarios que cambiarán del gravamen reducido al general (del 10 al 21 por ciento) en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Europeo, según ha confirmado el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que ha aprobado el proyecto de reforma fiscal

Así, con esta reforma, el IVA subirá, pero lo hará en una cantidad "muy limitada" de productos sanitarios "en cumplimiento de la normativa europea", ha explicado la vicepresidenta del Gobierno Soraya Sáenz de Santamaría. Sin embargo, todavía no ha trascendido cuáles serán las categorías de productos que se verán afectadas, si bien se espera que artículos como las gafas graduadas o el material ortoprotésico queden exluidos de este incremento del tipo fiscal.

Así, Montoro ha apuntado que los detalles de la reforma se darán a conocer el lunes, y ha precisado que no han querido tomar decisiones que afecten a las comunidades y ha preferido esperar a analizar con las regiones la reforma autonómica y local. En este sentido, Montoro ha recordado que ha convocado ya al Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF) para conocer la opinión de las comunidades sobre la reforma fiscal y después llevar a cabo las actuaciones pertinentes.

Un año y medio de negociación

De acuerdo con la normativa comunitaria, los Estados miembros pueden aplicar un tipo reducido a los equipos médicos, a los aparatos y a demás instrumental “utilizados normalmente para aliviar o tratar deficiencias” que sean “para uso personal y exclusivo de minusválidos”. Sin embargo, España ha venido aplicando un tipo reducido a los equipos médicos y productos sanitarios en general, por lo que muchos de ellos tendrían que subir su tipo impositivo.

Desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) condenara a España en enero de 2013 por esta aplicación “ilegal” del tipo reducido, el Gobierno, junto a la patronal de la tecnología sanitaria (Fenin), el Instituto para el Desarrollo e Integración de la Sanidad (IDIS) y la Federación Nacional de Clínicas Privadas (FNCP), han defendido la aplicación de un tipo reducido a aquellos productos sanitarios que se puedan considerar de primera necesidad, es decir, aquellos que salvan vidas, corrigen discapacidades o solventan una minusvalía. El objetivo: elaborar un listado de productos que quedaran eximidos de esta subida.

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