La futura norma evitará que el ámbito territorial “pueda ser criterio decisivo” y que se exijan unidades básicas sanitarias por región o provincia



2 feb. 2015 16:08H
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Jesús Vicioso Hoyo. Madrid
Sanidad va a acabar con las “distorsiones” en la interpretación y aplicación por parte de las comunidades en la organización de los recursos para los servicios de prevención. Y lo hará a través de un real decreto que busca “clarificar” aspectos como que la constitución de unidades básicas no se haga con criterios específicamente territoriales.

El Ministerio de Sanidad ha realizado una evaluación de las normativas sobre dichos criterios básicos y del propio servicio de prevención y el examen no es del todo positivo. “Se ha identificado que, debido a distorsiones en la interpretación y aplicación de las normas, por diferentes comunidades autónomas se está exigiendo a los servicios de prevención requisitos adicionales que, en la práctica, implican nuevas autorizaciones incompatibles”, reza en la introducción del proyecto del RD. De ahí que el departamento dirigido por Alfonso Alonso trabaje en la modificación legislativa con la introducción de un único artículo que modifique el RD precedente, el 843/2011.

A través de los cambios propuestos, se “clarifica” que la que la cuantificación de los trabajadores “debe contemplarse de forma global”. “Sin que el ámbito territorial –en el sentido de división geográfica administrativa– pueda ser el criterio decisivo en la materia”, añade el texto, que continúa con el apunte de que hasta dos mil trabajadores será necesaria una Unidad Básica Sanitaria (UBS) para el servicio de prevención. “Con independencia de cómo organice y ejecute su actividad, sin que resulte exigible una UBS en cada demarcación geográfica”. Concretamente, rechaza que sea imprescindible bien a nivel de autonomía o por provincias, ni que se pueda requerir por parte de las autoridades competentes más de una UBS para atender a 2.000 trabajadores.

El documento recalca que las autoridades sanitarias tienen la posibilidad de autorizar condiciones de instalación y comprobar si se cumplen los requisitos establecidos. “Pero no decidir si una entidad especializada tiene que disponer de instalaciones sanitarias en un determinado ámbito territorial”, expresa el articulado.

Con esto, Sanidad viene a decir que los servicios de prevención ajenos (SPA) son los que deciden dónde instalar los recursos “sin que se les pueda exigir tener recursos en las cuatro especialidades para poder actuar en una comunidad concreta”. Y no solo eso, sino que también afirma que se hará sin perjuicio del cumplimiento de las ratios exigidas por la norma.

Redacción definitiva

Así, en la nueva redacción se apunta que el número de profesionales sanitarios y su horario “será adecuado” a las características de la población trabajadora a vigilar y a los riesgos existentes. Cada UBS se constituirá con un médico del trabajo o de empresa y un enfermero de empresa o del trabajo “a jornada completa”. Además, se señala taxativamente que habrá una USB “hasta dos mil trabajadores”, sin más matizaciones.

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Acceda al proyecto del real decreto




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