Una revisión de “marcado carácter social”, como han expresado las filas ‘populares’ y que amplía el concepto del aseguramiento sanitario



23 jun. 2015 13:22H
SE LEE EN 3 minutos
Cristina Alcalá. Madrid
La Comisión de Economía y Competitividad del Congreso de los Diputados ha aprobado este martes el Proyecto de Ley de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, que incluye, dentro de una de sus enmiendas, la garantía de atención sanitaria a todos los emigrantes españoles y, especialmente, a sus familiares, cuando vuelvan o se desplacen temporalmente a España.

El diputado Vicente Martínez Pujalte, encargado de defender la enmienda en la Comisión de Economía.

Esta revisión proviene por parte del Grupo Parlamentario Popular por lo que, como era previsible, ha sido aprobada por la amplia mayoría de la comisión. Con esta reforma se pretende garantizar que todas aquellas personas han tenido que emigrar y se encuentran en paro en el extranjero y sin cobertura sanitaria puedan tener derecho a la sanidad española, ya sea de forma temporal o definitiva.

Matilde Asian, portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Cámara Baja ha defendido la necesidad de este proyecto por su “marcado carácter social”, ya que, en su opinión, “contiene medidas positivas para el conjunto de la ciudadanía”, como este nuevo concepto de asegurado sanitario. El PSOE, por su parte, ha criticado que “el Gobierno ha aprovechado el trámite parlamentario para introducir enmiendas técnicas que no tienen congruencia y homogeneidad con el texto que se va a aprobar, como esta de ampliación sanitaria”, ha espetado el socialista Manuel de la Rocha.

Perfil de los beneficiarios y requisitos

Una de las novedades que introduce la normativa es la posibilidad de que los familiares de los españoles emigrados que vivan con ellos en España, así como los de los pensionistas y trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia nacionales de origen pero residentes en el extranjero, que viajen con ellos al país de forma temporal “tendrá igualmente derecho a la asistencia sanitaria, a través del Sistema Nacional de Salud (SNS), de acuerdo con las disposiciones de la Seguridad Social, las del Estado de procedencia o los convenios internacionales establecidos al efecto, estos familiares no tuvieran prevista la cobertura”, reza la enmienda del PP.

En concreto, el principal partido de la cámara se refiere al cónyuge o persona que conviva con el ciudadano español residente en el extranjero con una relación “de afectividad análoga a la conyugal”, constituyendo una pareja de hecho; los descendientes o los de su cónyuge o pareja de hecho, que estén a su cargo y sean menores de 26 años o mayores de esa edad pero con alguna discapacidad reconocida en un grado superior al 65 por ciento.

El reconocimiento a la asistencia sanitaria deberá darse a través de un documento acreditativo del derecho, que corresponderá al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) expedirlo, indica la enmienda. Un derecho que se mantendrá en el tiempo siempre y cuando el beneficiario reúna los requisitos establecidos por la normativa. Asimismo, también establece que los españoles retornados tendrán que justificar su condición mediante la presentación de la baja consular en el país de residencia, así como el certificado de empadronamiento municipal donde se hayan instalado.

Al contar esta comisión con competencia legislativa plena, el texto refundado no volverá al Pleno del Congreso, sino que será remitida directamente al Senado.

ENLACES RELACIONADOS:


El PP ultima la modificación de la asistencia sanitaria para españoles retornados (10/06/15)

Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.