Firma del Tratado de Gibraltar.
El 15 de julio de 2026 se recordará en el futuro como un día histórico. Y es que este mismo miércoles se ha oficializado el
Tratado entre la Unión Europea y el Reino Unido sobre Gibraltar. Un pacto en el que
la sanidad es una de las grandes protagonistas.
De hecho, uno de los ejes centrales es la salud pública. Concretamente, el acuerdo establece que, en caso de que surja una amenaza grave para la
salud pública, los Estados miembros del espacio Schengen o el propio Peñón puedan reestablecer temporalmente los controles fronterizos físicos por periodos prorrogables que pueden alcanzar
hasta un máximo de seis meses.
A nivel individual, los riesgos sanitarios también justifican
las restricciones de movilidad. Si las autoridades consideran que un residente en Gibraltar supone una amenaza lo suficientemente grave para la salud pública, España tiene la potestad de prohibir su salida
hacia el espacio Schengen. Este mismo criterio de protección de la salud pública es motivo válido para que las autoridades denieguen la expedición de visados de corta duración o visados excepcionales en la frontera.
Asimismo, el documento blinda la salud en el entorno de trabajo. Ambas partes se comprometen a aplicar el principio de no regresión en las normas laborales, lo que prohíbe explícitamente debilitar o reducir
niveles de protección vigentes en materia de salud y seguridad laboral. Además, el acuerdo reconoce el principio de precaución, permitiendo a las partes adoptar medidas preventivas ante amenazas o daños graves o irreversibles a la salud humana, incluso cuando no exista una certidumbre científica plena.
El texto, sumado a ello, con el fin de garantizar los derechos en materia de seguridad social de las personas cubiertas por el Protocolo relativo a la coordinación en materia de seguridad social, asegura que el Reino de España y el Reino Unido aplicarán, con respecto a Gibraltar, sus
sistemas de seguridad social de conformidad con el Protocolo.
Servicios de ambulancias en la frontera
El artículo 276 hace referencia al transporte de mercancías y a
la circulación de ambulancias. La Unión permitirá en su territorio los servicios de ambulancia de emergencia y los servicios de ambulancia necesarios para el tratamiento especializado de dolencias graves y agudas entre Gibraltar y diferentes
establecimientos.
Los hospitales que se nombran en el acuerdo respecto a la prestación de estos servicios son los siguientes:
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Cidat, en la Línea de la Concepción
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Hospital Quirónsalud Campo de Gibraltar, Palmones
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Scanner Sur, Algeciras
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Hospital Punta de Europa, Algeciras
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Hospital Internacional Vithas Xanit, Benalmádena
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Hospital Vithas Parque San Antonio, Málaga
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Hospital HLA Jerez Puerta del Sur
Por otro lado, se fijan las enfermedades con
potencial epidémico como las únicas que podrán justificar medidas que limiten la estancia, entrada o salida de Gibraltar. Aun así, se incluye también a las enfermedades infecciosas o parasitarias contagiosas.
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