CCOO demanda la "inmediata aplicación" de lo establecido en el artículo 76 del Trebep para los técnicos sanitarios

CCOO lleva a la Audiencia Nacional la nueva categoría de técnicos de sanidad
Humberto Muñoz, secretario general de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO.


5 mar. 2024 9:40H
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La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO (FSS-CCOO) ha interpuesto demanda ante la Audiencia Nacional a fin de que se adopten medidas oportunas para la inmediata aplicación de lo establecido en el artículo 76 del Trebep, dando así cumplimiento a lo recogido en el Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI. El Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública y CCOO, el 19 de octubre de 2022, recogía de manera expresa la plena aplicación de la clasificación  profesional del personal al servicio de las Administraciones Públicas previsto en el artículo 76 del Trebep.

CCOO considera que, tal y como se establece en el acuerdo, la disposición transitoria tercera del Trebep debe considerarse culminada, y, por tanto, concluido el proceso de implantación de las nuevas titulaciones, que establece el Meces, en los procedimientos de acceso a las Administraciones Públicas

La denuncia de CCOO se produce, obligada por las demoras injustificables que se están produciendo para dar cumplimiento al apartado cuarto del citado Acuerdo, sobre aplicación de la clasificación según el Art. 76 del Trebep, sobre todo porque en el personal estatutario del SNS no es necesario realizar ningún desarrollo normativo, ni de carácter reglamentario, puesto que sólo pueden prestar servicios en los distintos Servicios de Salud aquellos que acrediten estar en posesión de la titulación académica habilitante para la
profesión a desempeñar. 

Entendiendo además que, en el ámbito del personal estatutario al servicio del SNS, esta reclasificación afectará a todas las y los profesionales sanitarios a los que se les exige la Titulación Académica Técnico de grado medio, que a día de hoy siguen adscritos al grupo de clasificación C2, en lugar del C1 y a profesionales a los que se les exige estar en  posesión del título de Técnico Superior, los cuales siguen estando adscritos al grupo de clasificación C1 en lugar del grupo B, que es el que en derecho les corresponde.


Impacto económico de la reclasificación del SNS


Según los cálculos de UGT Servicios Públicos,  para los Técnicos Superiores (sanitarios y no sanitarios), el paso del subgrupo C1 al B supondría un incremento anual de 2.272 euros brutos por profesional. Con 32.462 Técnicos Superiores sanitarios en el SNS, 31.006 profesionales en hospitales y 1.456 en Atención Primaria, el coste total de esta diferencia sería de 73.753.664 euros brutos, tal y como expone UGT.

En el caso de los Técnicos de Grado Medio (sanitarios y no sanitarios), el paso del subgrupo C2 al C1 implicaría un aumento anual de 3.241 euros brutos por profesional. Con 133.738 Técnicos (TCAEs) en el SNS, 128.700 en hospitales y 5.038 en Atención Primaria, el coste total ascendería a 433.444.858 euros brutos.
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